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Proyecto: Es inconstitucional la ampliación de mandato de Arturo Zaldívar en la SCJN

10-08-2021, 8:52:39 AM Por:

El ministro Fernando Franco, autor del proyecto, afirma que aumentar la duración de la presidencia de Zaldívar en la Corte violenta la independencia judicial.

Porque lesiona de manera grave la supremacía de la Constitución, la división de poderes y la independencia judicial, no debe aplicarse el artículo transitorio de las leyes secundarias de la reforma judicial, con el que el Congreso intentó ampliar casi dos años el periodo de gestión del presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, de acuerdo con el proyecto de sentencia elaborado por el ministro Fernando Franco González Salas.

El documento, cuyo contenido fue revelado a la prensa por fuentes de la Corte, es la respuesta a la consulta que solicitó el mismo Arturo Zaldívar para que sus pares resolvieran la clara contradicción que plantea el artículo decimotercero transitorio de las leyes secundarias de la reforma judicial, con respecto a los artículos 97 y 100 de la Constitución.

El numeral transitorio, vigente desde junio pasado, extiende el periodo del presidente de la Corte y amplía el que les corresponde a seis miembros del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), por lo que la presidencia de Zaldívar en vez de concluir el 1 de enero de 2023 lo haría hasta el 30 de noviembre de 2024.

Como ya lo señaló en su momento ALTO NIVEL, esta disposición del decreto de leyes secundarias es contraria al artículo 97 de la Constitución que dice claramente que “cada cuatro años, el Pleno (de la Corte) elegirá de entre sus miembros al Presidente” de la misma, “el cual no podrá ser reelecto para el período inmediato posterior”.

Al ser tan clara la antinomia, es decir, la contradicción entre una ley secundaria en comparación con el texto de la carta magna, el proyecto apunta que tanto la presidencia de Zaldívar, como la gestión de seis miembros del CJF, deberá concluir de acuerdo con lo establecido en los artículos 97 y 100 constitucionales, y en consecuencia no se deberá aplicar el numeral transitorio ya referido.

Votación y efectos

Este proyecto, que se prevé sea votado por el pleno de la Corte en las próximas semanas, responde de manera exclusiva a la consulta planteada por Arturo Zaldívar, con base en la fracción XVII del artículo 11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, por lo que, al no contemplar aun las acciones de inconstitucionalidad promovidas por legisladores de oposición, el tipo de votación que se propone es distinta.

Cuando la Corte resuelve una controversia constitucional o una acción de inconstitucionalidad, a fin de que sea efectiva la inconstitucionalidad de una norma, se requiere la votación de por lo menos ocho de los once ministros que integran el pleno de la Corte.

Sin embargo, en el caso de este tipo de consultas, no existe un precepto legal específico en cuanto al número de votos que se requieren, por lo que en el proyecto se propone que la votación sea solo por mayoría absoluta, es decir, la mitad más uno de los miembros del pleno de la Corte. Así, el proyecto del ministro Franco González Salas debe ser aprobado por al menos seis ministros.

En cuanto a sus efectos, al no ser la resolución de las acciones de inconstitucionalidad que también impugnan el contenido del artículo transitorio mencionado, la Corte no puede expulsar del sistema jurídico mexicano dicho numeral, por lo que el proyecto plantea solo inaplicarlo.

No obstante, esta inaplicación significa que -en los hechos- ese numeral no tendrá ninguna validez jurídica.

En cambio, cuando se resuelvan las acciones de inconstitucionalidad que interpusieron tanto diputados como senadores de oposición, el pleno de la Corte sí podrá declarar no solo la inaplicación de dicho numeral, sino también su expulsión del sistema jurídico de nuestro país.

Faltan acuerdos

En el pleno de la Suprema Corte los ministros aun no se ponen de acuerdo si el proyecto de Fernando Franco será votado junto con las acciones de inconstitucionalidad que abordan el mismo tema de la ampliación del periodo de la presidencia de Arturo Zaldívar.

Lo más lógico y deseable sería que en la misma sesión se voten todos los asuntos que impugnan la constitucionalidad del artículo transitorio, considerando que el resultado del análisis jurídico es el mismo, pues ese numeral -avalado por el Congreso a propuesta de un senador del Partido Verde- trasgrede la supremacía constitucional, la división de poderes, la independencia judicial y la jerarquía normativa.

En ese tenor, sin considerar estas trasgresiones a la Constitución, el pasado viernes el presidente de la Corte, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, rechazó la ampliación de su mandato, una definición que -dijo- tomó independientemente de lo que resuelva el pleno de la Corte en este tema.

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autor Periodista y abogada, especialista en análisis jurídico y de derechos humanos. Ha sido reportera, conductora de radio y editora.
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