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Presentarán reforma para endurecer al sistema penal

15-01-2020, 6:10:04 AM Por:
© Reuters

El Senado recibirá un paquete de iniciativas de reforma que pretende endurecer al sistema penal, empezando por la prisión preventiva

La prisión preventiva oficiosa, una medida cautelar en la que el imputado debe permanecer detenido durante el desarrollo del proceso penal, nuevamente será reforzada para evitar la llamada “puerta giratoria” que, según las fiscalías del país, ha propiciado la liberación de delincuentes, generando con ello mayor impunidad y un incremento en los índices de inseguridad pública.

La llamada prisión preventiva automática es uno de los puntos nodales del paquete de iniciativas de reforma penal que el Poder Ejecutivo y la Fiscalía General de la República presentarán en el Senado, aunque entre las propuestas también se incluyen la introducción de nuevas figuras que le otorgarían mayores facultades a los Ministerios Públicos, y cambios sustanciales al Código Nacional de Procedimientos Penales, la legislación estrella surgida tras la reforma penal de 2008 que introdujo en México el sistema penal acusatorio. 

Depositphotos Delitos con prisión preventiva

Otra vez cambios a la Constitución

De nueva cuenta se propondrá al Congreso una reforma constitucional para cambiar el artículo 19 de la carta magna, el cual ya fue modificado en abril de 2019 con la ampliación de los delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, que en el antiguo sistema penal eran conocidos como delitos graves.

Con los cambios que ese numeral tuvo el año pasado ya son 16 los delitos en los que el juez de control debe imponer -de manera obligatoria- esta medida cautelar, lo que significa que el acusado no puede seguir su proceso en libertad, aunque al final del juicio resulte ser inocente.

Estos delitos son abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, robo de casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones; robo al transporte de carga, delitos en materia de hidrocarburos, desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares; delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, y delitos contra la salud, entre otros.

De acuerdo con la Fiscalía General de la República (FGR), endurecer la prisión preventiva tiene como objetivo hacer más difícil que un delincuente obtenga su libertad, disminuyendo con ello la reincidencia. El problema es que no son las leyes las que permiten que actualmente los acusados queden libres, sino la mala integración de las carpetas de investigación que hacen los Ministerios Públicos, por eso todas las reformas que han ampliado el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa no han sido efectivas, porque los cambios normativos no han hecho que se modifique el deficiente trabajo de las fiscalías.

Constitución 1917
INAH

Código Penal único, polémica segura

El Fiscal general de la República, Alejandro Gertz Manero, adelantó al iniciar el año que propondría al Senado una reforma constitucional para que el Congreso tuviera la facultad para elaborar un Código Penal único, prerrogativa que hoy solo le corresponde a los Poderes Legislativos de los estados.

El titular de la FGR considera que es “poco práctico” el sistema que hoy tenemos en nuestro país, porque en materia de procedimiento se aplica una sola norma: el Código Nacional de Procedimientos Penales, aunque al mismo tiempo se tienen 32 códigos penales sustantivos que son los que señalan los delitos en cada una de las entidades federativas.

Es cierto que un Código Penal único podría hacer más eficiente al sistema, pero su creación no estará exenta de polémica, pues en la Ciudad de México, a diferencia de lo que contemplan los códigos penales de los estados, la interrupción del embarazo, hasta la doceava semana de gestación, no es delito.

Un Código Penal único para toda la República no debería penalizar el aborto, pues eso significaría un retroceso en los derechos humanos ya conseguidos en la capital del país, algo que prohíbe el artículo 1 de nuestra Constitución.

Por eso, para evitar que esta propuesta se estanque por ese tema, desde la consejería jurídica de la Presidencia se ha informado que las entidades federativas tendrían libertad para tipificar como delito el aborto y la eutanasia, es decir, tendríamos un Código Penal único híbrido, con delitos generales para todo el país, y apartados específicos en los que algunas conductas serían delitos en algunas entidades.

Depositphotos Poder Judicial de la Federación

Ausencia de evaluaciones

Los cambios legales que en materia penal se dieron el año pasado incluyeron sendos artículos transitorios en los que se impuso -al Ejecutivo federal- la entrega de evaluaciones sobre la efectividad de las reformas, en esto se incluyen tanto las modificaciones al artículo 19 constitucional, como la creación de la Guardia Nacional.

El régimen transitorio de la reforma a la carta magna, que amplió el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, obliga al Sistema Nacional de Seguridad Pública a presentar una evaluación de su eficacia en un plazo de cinco años, es decir, en abril de 2024.

Ni siquiera se ha cumplido un año de esta última reforma y ya se prevén nuevos cambios. De nueva cuenta los políticos mexicanos no están considerando que, en el mundo, no existe evidencia empírica que demuestre que la prisión preventiva oficiosa disminuye la inseguridad.

Tampoco se está tomando en cuenta que el crecimiento de los delitos en México no es responsabilidad del llamado nuevo sistema penal, pues la misma tendencia de aumento se ha observado en los estados que lo aplican desde hace más de una década, como en Chihuahua, en comparación con los que lo implementaron desde 2016.

Las cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública son claras al respecto, los delitos aumentaron significativamente en todo el país desde 2007 en estados que tenían el antiguo sistema penal, y en las entidades que ya aplicaban el sistema acusatorio.

Esto quiere decir que no es el sistema el que falla, sino las fiscalías que tienen que demostrar la presunta responsabilidad del indiciado con elementos de prueba indubitables. Por eso, si los Ministerios Públicos mantienen las mismas prácticas con las que se desempeñaban antes de los juicios orales, ninguna reforma penal será suficiente para mejorar la seguridad del país.

autor Periodista y abogada, especialista en análisis jurídico y de derechos humanos. Ha sido reportera, conductora de radio y editora.
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