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Prepárate: Omitir impuestos será delincuencia organizada

16-10-2019, 6:00:52 AM Por:
© Envato Elements

Nada de errores contables, omitir el pago de impuestos se tipificará como delincuencia organizada.

SA partir del próximo 1 de enero de 2020, omitir total o parcialmente el pago de alguna contribución, “con uso de engaños o aprovechamiento de errores”, se considerará como delincuencia organizada en México, de acuerdo con una reforma avalada el martes en la Cámara de Diputados, que aun debe publicarse en el Diario Oficial de la Federación.

El contrabando y la emisión de facturas falsas, o que amparen operaciones simuladas, también se castigarán como conductas típicas de las organizaciones delincuenciales, lo que implica penas de entre dos y hasta cuarenta años de prisión.

Actualmente, omitir el pago de impuestos ya se considera defraudación fiscal o defraudación fiscal equiparada, se trata de un delito que incluye sanciones de entre tres meses y nueve años de cárcel. Pero con la reforma aprobada por la Cámara baja, a estos castigos se añadirán además las penas que contempla la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.

Todo depende del monto

Estas nuevas sanciones son a todas luces exageradas, considerando que el sistema fiscal mexicano no es nada sencillo, pues para cumplir con nuestras obligaciones hacendarias, necesariamente se requiere la contratación de un contador.

Por eso los legisladores establecieron un monto mínimo para considerar delincuente organizado a quienes dejen de pagar impuestos: será de 7 millones 804 mil 230 pesos. Esto quiere decir que la defraudación fiscal será perseguida y castigada como siempre si la omisión de impuestos es inferior a esa cantidad.

Pero si se dejan de enterar al fisco más de 7,804,230 pesos, la persona responsable será acusada de defraudación fiscal y de delincuencia organizada, aumentándose con ello tanto las penas de prisión como las sanciones pecuniarias.

Régimen de excepción

En la exposición de motivos, el dictamen, que fue aprobado en lo general con 318 votos a favor, 121 en contra y tres abstenciones, argumenta que el contribuyente común no podrá ser perseguido penalmente bajo la figura de delincuencia organizada.

“El empresario, el profesionista y cualquier otro contribuyente que realmente forma parte de la economía productiva del país y que cumple con sus obligaciones fiscales de manera constante, no tiene cabida en el régimen de excepción” que se aprobó con esta reforma, asevera el documento.

Sin embargo, esta justificación no está plasmada en los cambios específicos que los legisladores le hicieron a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, la Ley de Seguridad Nacional, el Código Nacional de Procedimientos Penales, el Código Fiscal de la Federación y el Código Penal Federal.

De hecho, en los cambios a todas estas normas el único atenuante es el monto de la defraudación fiscal, por lo que es factible que algunas empresas o incluso la Comisión Nacional de Derechos Humanos impugnen la reforma, al considerar que establece penas inusitadas y trascendentales, que están prohibidas en el artículo 22 de nuestra Constitución.

Van por las “factureras”

Adicionalmente, además de la introducción de la delincuencia organizada como parte de las sanciones que tendrá la defraudación fiscal, la reforma considera como amenazas a la seguridad nacional recibir o expedir facturas que amparen operaciones inexistentes, falsas o simuladas.

Al justificar el dictamen, que en lo particular solo contó con el aval de 276 diputados, el legislador Marco Antonio Medina (Morena) explicó que la emisión de facturas asciende a más de 300,000 millones de pesos al año, equivalentes al 5% de los ingresos del gobierno federal.

En cambio, la oposición argumentó que este tipo de conductas delictivas no disminuirán con la reforma, pues la autoridad hacendaria ya cuenta con mecanismos específicos para detectar este tipo de operaciones. Prueba de ello es que el mismo Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha informado que calcula la existencia de unas 11,000 empresas que emiten facturas apócrifas, conocidas popularmente como “factureras”.

“Estamos conscientes de que México vive una grave situación fiscal, sin embargo, esta propuesta es peligrosa y solamente va a dañar los derechos fundamentales de los contribuyentes, enviando señales equivocadas que nada ayudarán a atraer la inversión o incentivar la economía interna”, dijo la diputada Patricia Terrazas Baca del Partido Acción Nacional.

De su lado, la diputada Mariana Rodríguez (PRI) advirtió que esta reforma es desproporcionada, pues “atenta contra la presunción de inocencia (y) el debido proceso”.

Asimismo, con estos cambios legislativos se añaden nuevos delitos que ameritarán prisión preventiva oficiosa, lo que altera los principios del sistema penal acusatorio, pues ese tipo de encarcelamiento debe ser excepcional.

Hay que evitar riesgos

El Congreso mexicano reconoce en esta reforma la introducción de castigos que forman parte “de un sistema penal de excepción” que, según los legisladores, debe aplicarse en nuestro país en contra del delincuente organizado. En términos jurídicos se están incorporando al Código Fiscal medidas típicas del derecho penal del enemigo.

Este tipo de derecho sanciona a los delincuentes no por los delitos específicos que cometen, sino porque se les considera peligrosos para el país. Bajo esta perspectiva, las autoridades dividen en dos a la sociedad: por un lado, están los ciudadanos, y por el otro el enemigo, quien tiene menos derechos que los primeros.

Aunque se supone que los errores fiscales no serán perseguidos como delincuencia organizada, esto no se aclara en el articulado de las leyes reformadas. Por eso es importante que tanto empresas como personas físicas eviten correr riesgos, para ello es recomendable contratar servicios contables profesionales y de confianza.

autor Periodista y abogada, especialista en análisis jurídico y de derechos humanos. Ha sido reportera, conductora de radio y editora.
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