Buscador
Ver revista digital
Actualidad

¿Por qué le siguen concediendo amparos a Javier Duarte?

04-11-2019, 5:12:57 PM Por:
© Reuters Javier Duarte será extraditado desde Guatemala a México.

A pesar de que el exgobernador de Veracruz, Javier Duarte, ya cuenta con una condena, los tribunales le siguen concediendo amparos.

El exgobernador de Veracruz, Javier Duarte de Ochoa, sigue siendo beneficiado por los tribunales del Poder Judicial de la Federación, a pesar de que el mismo exfuncionario ya cuenta con una condena, de nueve años de cárcel, tras admitir haber sido responsable de asociación delictuosa y operaciones con recursos de procedencia ilícita.

En esta ocasión, el Primer Tribunal Colegiado en materia Penal de la Ciudad de México le concedió al exfuncionario un amparo para dejar sin efectos un auto de vinculación a proceso que Duarte recibió, el 20 de mayo de 2018, por el delito de peculado, aunque esto no significa que vaya a obtener su libertad, al menos no en lo inmediato.

Defensa adecuada

El amparo que se le acaba de conceder a Javier Duarte tiene como efecto que un juez de control del Sistema Penal Acusatorio deje sin validez el auto de vinculación a proceso por el delito peculado, y la consecuente medida cautelar de prisión preventiva justificada.

javier duarte
Reuters

Luego de esto, el juez de control deberá realizar una nueva audiencia oral, con presencia de las partes, para que en ella vuelva a dictar el mismo auto de vinculación, considerando esta vez, de manera adecuada, todos los hechos presentados por el Ministerio Público, y los datos de prueba que incorporó la defensa de Duarte.

De lo que se trata es de que el juez de la causa funde y motive, de acuerdo con lo que establece el artículo 16 de la Constitución, las razones por las que el exgobernador veracruzano debe permanecer en prisión mientras concluye el proceso penal que se sigue en su contra por el delito de peculado.

Según la sentencia en la que se le concedió el amparo, cuya copia está en poder de Alto Nivel, el anterior auto de vinculación a proceso se emitió en contravención a la Constitución y a jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo que el extitular del Ejecutivo de Veracruz “no contó con los elementos necesarios para combatir los planteamientos de la representación social (ministerio público)”, ya que su defensa “no tuvo participación alguna en la etapa de investigación inicial”.

El auto de vinculación que el tribunal ordena dejar sin validez, se dictó en mayo de 2018 afectando el debido proceso y el derecho que tiene Javier Duarte a recibir una defensa adecuada, argumenta el documento con el que se le concede el amparo al exfuncionario.

Ley
Depositphotos

El Primer Tribunal Colegiado en materia Penal de la Ciudad México agrega que, si bien el exgobernador de Veracruz ya se encuentra en prisión por otros delitos, el juez que le sigue el proceso por peculado debió analizar de manera estricta si era necesaria la prisión preventiva justificada para este último ilícito.

Con este amparo, solo por el delito de peculado, el proceso contra Duarte de Ochoa deberá reiniciarse, lo que permitirá a su defensa aportar todas las pruebas que hasta ahora se le habían rechazado.

Evidentemente esta es una ventaja para el exgobernador, que se genera por un error del juez de control, pues este, según la sentencia de amparo, no llevó a cabo la fundamentación adecuada que desde la Constitución se les ordena a todos los juzgadores cuando dictan una vinculación a proceso.   

Seguirá en prisión

En septiembre de 2018, Javier Duarte, admitió ser responsable de realizar operaciones con recursos de procedencia ilícita y de asociación delictuosa, por lo que fue sentenciado a cumplir una pena de nueve años de prisión, y a pagar una multa de 58,890 pesos con 60 centavos.

Esta sentencia se dictó como parte de un procedimiento abreviado al que se acogió el exfuncionario, siguiendo lo que dice el artículo 201 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

Javier Duarte
Reuters

Al admitir su responsabilidad, además de los años en prisión, a Duarte se le decomisaron seis inmuebles en la Ciudad de México, tres departamentos en Veracruz, otros cuatro en Ixtapa Zihuatanejo, y seis terrenos en Cancún, entre otros bienes. No obstante, esta sentencia también está siendo recurrida por la defensa del exgobernador.

Tanto el fallo de condena, como el reciente amparo que se le concedió a Javier Duarte, se explican por las erratas de la Procuraduría General de la República (PGR) y del juez de control. Inicialmente, el Ministerio Público de la Federación acusó a Duarte de delincuencia organizada y de operaciones con recursos de procedencia ilícita.

Sin embargo, el 21 de agosto de 2018, la PGR, hoy Fiscalía General de la República (FGR) notificó al juzgado de Distrito que el primer señalamiento cambiaba por el de asociación delictuosa. La delincuencia organizada es un delito que se castiga hasta con 60 años de prisión si el que lo comete es funcionario público.

En contraste, la asociación delictuosa se sanciona con una pena de entre siete y quince años de prisión, en caso de que el responsable haya sido servidor público, según el artículo 164 del Código Penal Federal.

A su vez, el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, conocido popularmente como lavado de dinero, se castiga con penas de entre 10 y 30 años de prisión, según los artículos 400 Bis y 400 Bis 1 del Código Penal Federal.

Sin embargo, estas sanciones se redujeron considerablemente en la sentencia dictada el año pasado, considerando que Javier Duarte admitió la comisión de esos delitos, los cuales son considerados ilícitos patrimoniales cometidos sin violencia sobre las personas.

autor Periodista y abogada, especialista en análisis jurídico y de derechos humanos. Ha sido reportera, conductora de radio y editora.
Comentarios