Buscador
Ver revista digital
México

Trámites vehiculares: ¿Cuáles son las nuevas condiciones y requisitos?

29-11-2021, 12:20:01 PM Por:
© @sofia.ugalde.mx

Ya entraron en vigor nuevos cambios a la Ley de Movilidad en la CDMX, te decimos todo lo que tienes que conocer sobre este asunto.

El Gobierno de la Ciudad de México anunció sobre unas modificaciones que fueron realizadas en el Reglamento de la Ley de Movilidad con el fin de hacer más sencillos algunos trámites que incluyen no solamente a dueños de vehículos particulares sino también a los de transporte concesionado.

De acuerdo con la Secretaría de Movilidad, se facilitará el alta de placas de vehículos nuevos y usados, baja de vehículo, reposición de Tarjeta de Circulación, cambios de domicilio, de motor y de propietario.

https://twitter.com/LaSEMOVI/status/1463315611526701058?s=20

La Jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum, resaltó que los cambios al Reglamento de la Ley de Movilidad harán más simples el reemplacamiento y optimizarán los ingresos de la capital.

“Pedir a la ciudadanía que ahora sí se reemplaque, ponga en orden todos los trámites que tienen que ver con los vehículos, particularmente propietario, así que nos ayuden, es mucho más fácil ahora y eso va a ayudar tanto a los usuarios, a los que tienen vehículo como a la Tesorería de la Ciudad de México y nuestro compromiso de que los recursos siempre se usan honestamente”

añadió.

Luego, en compañía del titular de CEJUR, Néstor Vargas Solano, la mandataria local firmó las modificaciones al Reglamento de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México que fueron publicadas el martes 23 de noviembre.

El subsecretario del Transporte de SEMOVI, Luis Ruiz Hernández, explicó que conjuntamente con la CEJUR, las Secretarías de Seguridad Ciudadana (SSC), de Medio Ambiente (SEDEMA) y la Agencia Digital de Innovación Pública (ADIP), se realizó una revisión de todo el proceso de trámites de control vehicular para vehículos particulares, de ruta fija, taxis, y transporte de carga.

Ruiz Hernández explicó que ahora no se pedirá ningún documento para certificar la revisión de pagos, ya que se verificará de manera automatizada por el webservice de SEMOVI y la Secretaría de Administración y Finanzas (SAF).

En segundo lugar, el pago de infracciones ya no será un requisito, por ende, se podrán realizar trámites de control vehicular y luego cumplir las infracciones, la revisión del cumplimiento de pago de sanciones seguirá ligada a la verificación vehicular o al ser remitidos al corralón. Asimismo, de que ya no se necesitará de un comprobante de domicilio, sino la credencial del INE o una carta compromiso.

El director general de Gobierno Digital de la ADIP, Eduardo Clark García Dobarganes, puntualizó que se trata de un programa integral que facilitará la vida de los ciudadanos y permitirá contar con un padrón vehicular mucho más confiable.

Clark García Dobarganes explicó que se encuentra en proceso de digitalización el refrendo de la tarjeta de circulación, el alta de vehículos foráneos, los cuales podrán llevarse a cabo en dos modalidades: con cita o en línea.

Trámites vehiculares: ¿Cuáles son los cambios?

Ya la Semovi solicitará los siguientes documentos:

  • Alta nuevos vehículos: Identificación oficial o comprobación digital de identidad, factura o carta factura y tarjeta INE o carta firmada bajo protesta de decir verdad, para verificar el domicilio.
  • Alta vehículos usados: Identificación oficial o comprobación digital de identidad, factura o carta factura, y tarjeta INE o carta firmada bajo protesta de decir verdad, para verificar la dirección.
  • Baja de vehículos: Identificación oficial (o comprobación digital de identidad), placas de matrícula y/o acta digital, Tarjeta de circulación y/o acta digital.
  • Reposición Tarjeta de Circulación (TDC): Identificación oficial o comprobación digital de identidad, tarjeta de circulación y/o acta digital.
  • Cambio de propietario: Identificación oficial o comprobación digital de identidad, factura o carta factura, INE o carta bajo protesta de decir verdad para verificar la dirección; Tarjeta de Circulación y/o acta digital.
  • Cambio de domicilio: Identificación oficial o comprobación digital de identidad, INE o carta bajo protesta de decir verdad para comprobar la dirección.
  • Cambio de motor: Identificación oficial o comprobación digital de identidad,Tarjeta de Circulación y /o acta digital.
  • Refrendo de Tarjeta de Circulación: Identificación oficial o comprobante digital de identidad.

Los automovilistas podrán hacer esos trámites sin tener que comprobar que se encuentren libres de sanciones cívicas o económicas de tránsito, o de multas ambientales. Antes de estos cambios, por ejemplo, se solicitaban para el refrendo de la TDC nueve requisitos, ahora son ocho en total.

ÚLTIMAS NOTICIAS:

autor Equipo de jóvenes periodistas cuyo objetivo es explicar las noticias más relevantes de negocios, economía y finanzas. Nos apasiona contar historias y creemos en el periodismo ciudadano y de servicio.
Comentarios