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¿Qué sucede ahora con la Ley Bonilla de Baja California?

28-08-2019, 2:56:47 PM Por:
© Suprema Corte de Justicia

La SCJN desechó una acción de inconstitucionalidad promovida por el PAN contra la llamada Ley Bonilla de Baja California.

SLa reforma que amplío el mandato de dos a cinco años del próximo gobernador de Baja California, Jaime Bonilla, sigue suspendida, pues los cambios avalados por el Congreso de esa entidad no se han publicado en el periódico oficial. Es por eso que esta semana la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó una Acción de Inconstitucionalidad promovida por el Partido Acción Nacional (PAN).

Debido a que no pueden impugnarse ante la Corte legislaciones que aún no están vigentes, el ministro Juan Luis González Alcántara notificó al PAN el desechamiento de la acción emprendida, porque esta es improcedente hasta en tanto entre en vigor la reforma.

Algo similar ya había ocurrido el mes pasado cuando el alcalde de Mexicali, Gustavo Sánchez, promovió una Controversia Constitucional en contra del procedimiento legislativo que llevó a la ampliación del mandato del próximo gobernador.

En este caso, el edil consideraba que su demanda sería aceptada por la SCJN a pesar de que los cambios que benefician a Bonilla no están vigentes, pues lo que se solicitaba era la invalidez del procedimiento llevado a cabo en el Congreso bajacaliforniano.

No obstante, el máximo tribunal del país desechó la controversia por las mismas razones que ahora lo hace con la Acción de Inconstitucionalidad del PAN: si no se han publicado las reformas, no hay posibilidad de que sea impugnada la forma en la que aquellas se llevaron a cabo.

En otras ocasiones la Corte ya ha resuelto demandas sobre los procedimientos que se llevan a cabo en los Poderes legislativos estatales, aunque en esos casos las controversias procedimientales han sido sobre normas reformadas que ya estaban en vigor.

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Jaime Bonilla
Senado de la República

Consulta ilegal

La semana pasada, la nueva legislatura del Congreso de Baja California, en funciones con mayoría de Morena desde el 1 de agosto, aprobó crear una comisión especial para que esta organice una consulta ciudadana que determine si la gubernatura de Bonilla será de dos o de cinco años.

Los diputados locales pretenden que la consulta valide la reforma a un artículo transitorio de la Constitución de ese estado, realizada por la anterior legislatura para beneficiar al próximo Ejecutivo local, quien formalmente fue electo solo por dos años.

No obstante, esa iniciativa trasgrede la Ley de Participación Ciudadana de la entidad, pues la consulta popular no es el instrumento para que los ciudadanos validen una reforma a la carta magna del estado.

Esa norma señala, en su artículo 24, que los mayores de edad con credencial para votar pueden ratificar o rechazar las modificaciones a la Constitución bajacaliforniana mediante un referéndum, y no con una consulta.

Así mismo, este ejercicio no puede ser organizado por el Congreso, pues los referéndums son responsabilidad del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del estado, tal y como sucede con los comicios.

Además, los integrantes del Poder Legislativo no tienen facultades para convocar a un referéndum constitucional, ya que este solo puede ser solicitado por el gobernador, los ayuntamientos, siempre que al menos dos de estos lo soliciten, y los ciudadanos que representen mínimo el 1.5% de la lista nominal.

Es decir, los nuevos legisladores del Congreso de Baja California violentan la Ley de Participación Ciudadana, y por supuesto la misma Constitución estatal, al intentar que una comisión especial realice una consulta entre los electores para avalar la ampliación del mandato de Jaime Bonilla.

Ni es la figura adecuada para que los ciudadanos opinen sobre los cambios a la carta magna local, ni son los diputados los que están facultados para convocar u organizar este tipo de ejercicios.

Así, los legisladores también están trasgrediendo el principio de legalidad que mandata la Constitución federal de nuestro país, pues como autoridades están obligadas a actuar solo si así se los faculta la ley.

Adicionalmente, un referéndum solo puede convocarse si ya están publicados, en el diario oficial del estado, los cambios constitucionales que se pretende que la ciudadanía ratifique, de acuerdo con el artículo 30 de la Ley de Participación Ciudadana de Baja California.

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Jaime Bonilla y Baja California
Especial

Solución en la Corte

Como puede observarse, a fin de que Jaime Bonilla intente ejercer un mandato de cinco años, y no de dos como fue electo, necesariamente se tienen que publicar las reformas que ampliaron el tiempo de su gestión.

Cuando esto suceda, los partidos políticos, cualquiera de los ayuntamientos de esa entidad, e incluso el presidente de la República, están facultados para controvertir la reforma ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Será entonces cuando el máximo tribunal del país pueda analizar, y en su caso invalidar las modificaciones realizadas a un artículo transitorio de la Constitución bajacaliforniana, porque estas violentan los principios que establecen los artículos 41 y 116 de la Constitución mexicana.

Los cambios hechos por el Congreso de Baja California trasgreden ambos numerales de nuestra carta magna porque ese poder, el Legislativo local, está realizando una intromisión injustificada en la decisión autónoma, libre y certera, que tomaron los ciudadanos al votar por un candidato que estaría en el poder solo dos años.

Esta reforma trastoca además la competencia originaria de la federación en materia electoral, y sobre todo violenta el sufragio universal, libre, secreto y directo que ejercieron los ciudadanos en los comicios en los que resultó ganador el próximo gobernador del estado.

Si bien las legislaturas de las entidades federativas tienen la facultad de reformar la Constitución local, los cambios se restringen si estos alteran el pacto federal. Justo por esto la Corte debe declarar inconstitucional la reforma que beneficia a Jaime Bonilla, ya que jurídicamente es inadmisible que el legislador de un estado imponga un periodo mayor para el próximo gobernador, porque eso supera las facultades que la Constitución federal les otorga a los congresos locales.

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autor Periodista y abogada, especialista en análisis jurídico y de derechos humanos. Ha sido reportera, conductora de radio y editora.
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