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México

Estos son los delitos que tendrán prisión preventiva automática

20-02-2019, 7:40:52 AM Por:

La Cámara baja añadió nueve ilícitos al artículo 19 constitucional, entre ellos el robo al transporte de carga y de hidrocarburos. Conoce los delitos con prisión preventiva automática

La Cámara de Diputados aprobó la noche del martes una reforma al artículo 19 de la Constitución, ampliando el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, entre ellos el uso de programas sociales con fines electorales, el ejercicio abusivo de funciones, el robo al transporte de carga y de hidrocarburos, así como el feminicidio y el abuso sexual contra menores.

De esta forma, serán 16 los delitos en los que el juez de control tendrá que imponer la llamada prisión preventiva automática, una medida cautelar en la que el imputado debe permanecer detenido durante el desarrollo del procedimiento penal.

Con estos cambios a la carta magna, que aun deben ser avalados por al menos 17 Congresos de las entidades federativas, la prisión preventiva oficiosa será obligatoria para quien sea acusado de cometer homicidio doloso, delincuencia organizada, violación, secuestro, trata de personas, delitos violentos cometidos con armas y explosivos, uso de programas sociales con fines electorales, y enriquecimiento mediante actos de corrupción.

También tendrá prisión automática el acusado de cometer robo de hidrocarburos, feminicidio, abuso sexual contra menores, robo de casa habitación, robo al transporte de carga, desaparición forzada de personas y la cometida por particulares; ilícitos en materia de armas de fuego, y delitos graves en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad y la salud.

Adicionalmente, el Código Nacional de Procedimientos Penales ya impone prisión preventiva oficiosa a los delitos de genocidio, traición a la patria, espionaje, terrorismo, sabotaje, pederastia, y tráfico de menores.

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Oposición dividida

Esta reforma constitucional fue avalada, en lo general y en lo particular, con 377 votos a favor, 96 en contra y cinco abstenciones, luego de siete horas de discusión en el pleno de la Cámara de Diputados.

La minuta fue cuestionada por 34 legisladores del PAN, 36 del PRI, 14 de Movimiento Ciudadano, y 10 del PRD, quienes proponían que la prisión preventiva solo fuera justificada, es decir que el acusado permaneciera en prisión, antes de ser condenado, solo si el Ministerio Público así lo pide, presentando al juez de control los elementos de prueba que ameriten esta medida cautelar.

Sin embargo, ninguno de los cambios propuestos fue aceptado por el pleno de los diputados, entre ellos 36 legisladores de Acción Nacional, 7 del Revolucionario Institucional, 13 de Movimiento Ciudadano y 9 del Partido de la Revolución Democrática, quienes se unieron con su voto a favor a la mayoría de los representantes de Morena.

Cámara de Diputados

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Evaluación quinquenal

Los legisladores incluyeron en el régimen transitorio de esta reforma constitucional un plazo de cinco años para que este tipo de prisión preventiva sea evaluada, conforme a los criterios del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Un lustro después de su entrada en vigor, la eficacia y eficiencia de la prisión preventiva oficiosa deberán ser analizadas a través de informes que tendrán que emitir los gobiernos federal y de los estados.

Esos reportes darán cuenta del desempeño de las unidades estatales de supervisión a medidas cautelares, así como de la actuación de los operadores que intervienen en los procedimientos penales.

Castigo anticipado

La iniciativa aprobada, que forma parte del plan de seguridad del gobierno de Andrés Manuel López Obrador, había sido rechazada por expertos, colectivos de la sociedad civil, y hasta por representantes de la Organización de las Naciones Unidas, debido a que no existe evidencia empírica que demuestre una disminución en la inseguridad con la aplicación de la prisión preventiva oficiosa.

El problema central es que con esta medida se aumenta la posibilidad de que se castigue a personas inocentes, además de que los delitos como el homicidio, que ya contemplaba el artículo 19 constitucional, no se han reducido, a pesar de la aplicación del encarcelamiento automático.

Los colectivos defensores de derechos humanos advierten que esta medida cautelar castiga de manera anticipada a los acusados, sobre todo a aquellos de escasos recursos económicos.

Al mismo tiempo se adelanta que podrían incrementarse los actos de corrupción en las agencias del Ministerio Público, pues en esta instancia –mediante soborno- se podrían cambiar las acusaciones que lleguen al juez, a fin de que estas no incluyan alguno de los delitos del catálogo del artículo 19 constitucional.

De hecho, el Grupo de trabajo sobre Detención Arbitraria de la Organización de las Naciones Unidas consideró en un documento, enviado a principios de febrero a los legisladores, que esta forma de detención viola los derechos humanos de libertad, seguridad personal, juicio justo, debido proceso y garantías judiciales.

El grupo de la ONU advirtió que esta reforma constitucional es contraria a las obligaciones que México adquirió al firmar el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que establece que la prisión preventiva debe ser excepcional.

De hecho, la prisión preventiva oficiosa es incompatible con todos los instrumentos internacionales de derechos humanos adoptados por nuestro país, los cuales forman parte de nuestra legislación nacional, de acuerdo con el artículo 1 de la Constitución.

Lee: ¿Qué dice el dictamen del Senado sobre la Guardia Nacional?

autor Periodista y abogada, especialista en análisis jurídico y de derechos humanos. Ha sido reportera, conductora de radio y editora.
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