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Liberar delincuentes y acotar el amparo para ciudadanos, las nuevas reformas que avalará Morena

15-04-2024, 6:10:00 AM Por:
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No importa que se trate de un secuestrador o de un homicida, se podrían amnistiar a sentenciados que den hechos "relevantes para el Estado."

La bancada de Morena en el Senado y sus legisladores aliados de los partidos del Trabajo, y Verde Ecologista de México, se aprestan a votar dos importantes reformas en las que, por un lado, se pretende beneficiar a delincuentes sentenciados para que obtengan su libertad, y por el otro, se intenta limitar la figura de la suspensión en el Juicio de Amparo, afectando a todos los ciudadanos.

En el primer caso, se modificará la Ley de Amnistía, vigente desde el 23 de abril de 2020, con el fin de que el presidente de la República pueda amnistiar -sin mayor trámite- a personas sentenciadas, independientemente del delito que hayan cometido, siempre que “aporten elementos comprobables que resulten útiles para conocer la verdad” de hechos “relevantes para el Estado”.

Actualmente, esa norma establece en su artículo 2 que no puede concederse amnistía a quienes hayan cometido delitos como homicidio, lesiones o secuestro, y cuando se hayan utilizado armas en la comisión del ilícito.

En contraste, la reforma prevé que, si el delincuente aporta información relevante para el Estado, ya no será aplicable dicho artículo 2. Es decir, no importa que se trate de un secuestrador, de un homicida, o de cualquier otro trasgresor de las normas penales que se encuentre en prisión, este será liberado si informa sobre hechos que sean de interés nacional.

“Abrazos, no balazos” en la ley

Una amnistía es una ley aprobada por el Congreso, que sirve para extinguir la acción penal y las sanciones impuestas, excepto la reparación del daño. Esto quiere decir que los delitos que se hayan cometido dejan de perseguirse, y en caso de que ya exista una sentencia, la pena o sanción también desaparece.

En términos llanos, una amnistía es un “borrón y cuenta nueva” para quien haya cometido un delito, ya que desaparecen todos los antecedentes del amnistiado.   

La amnistía no debe confundirse con el indulto, el cual solo elimina la pena de prisión, siempre y cuando el sentenciado refleje un alto grado de reinserción social y su liberación no represente un riesgo para la seguridad pública. Aquí solo desaparece la pena de prisión, pero se mantienen los antecedentes.

En el caso de esta reforma, su objetivo es “buscar la verdad, implementar la justicia transicional e impulsar la reparación del daño a las víctimas de un delito y sus familias”, a decir de la presidenta de la Comisión de Justicia del Senado, la exministra de la Corte Olga Sánchez Cordero.

En contraste, el senador del Partido Acción Nacional, Damián Zepeda Vidales, consideró que estos cambios tienen como “único beneficiario” al presidente, pues se le estará concediendo la poderosa facultad de perdonar a quienes hayan cometido delitos como feminicidio, violación, secuestro, narcotráfico, trata de personas y delincuencia organizada.

De su lado, Germán Martínez Cázares, del Grupo Plural, argumentó que esta reforma prácticamente incluirá en la ley “el principio de abrazos y no balazos a los criminales”, en referencia a una repetida frase del presidente Andrés Manuel López Obrador.

La aprobación de esta iniciativa en el Pleno del Senado, que se prevé se lleve a cabo esta semana, al otorgarle mayores facultades al Ejecutivo federal trasgrede sobre todo la división de poderes, dijo Martínez Cázares.

Menos derechos a ciudadanos

Asimismo, los legisladores de Morena en el Senado también planean aprobar esta semana una reforma a la Ley de Amparo que desaparecerá la figura de la suspensión, cuando se trate de juicios en los que se demande la inconstitucionalidad de una ley.

Hoy en día, si el Congreso aprueba una norma que afecte los derechos humanos o trasgreda la Constitución, cualquier ciudadano puede impugnarla a través del Juicio de Amparo, obteniendo -primero- una suspensión para que las disposiciones que se consideran inconstitucionales no se le apliquen al demandante. La reforma de Morena plantea que ya no se otorgue dicha suspensión.

Por ejemplo, cuando se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma que creó el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut), cientos de ciudadanos promovieron sus respectivos amparos, obteniendo -en la mayoría de los casos- la suspensión de la ley.

Con dicha suspensión, las disposiciones del Panaut no podían aplicarse a quienes promovieron un amparo y se les otorgó la suspensión. Lo mismo sucedió en 2023 con la reforma al Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco: Decenas de comercios y restaurantes lograron que esos cambios no se les aplicaran gracias a la suspensión del amparo.

Al desaparecer esta figura cuando se impugne la constitucionalidad de una ley, se lesionan los derechos de todos los mexicanos y la independencia judicial, además de que se limitan las facultades de los jueces y magistrados federales, así como de los ministros de la Suprema Corte, las cuales están señaladas en la Constitución.

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autor Periodista y abogada, especialista en análisis jurídico y de derechos humanos. Ha sido reportera, conductora de radio y editora.
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