Buscador
Ver revista digital
Actualidad

Energías limpias van ganando 3-0 al Cenace en tribunales

02-07-2020, 8:03:44 AM Por:
© Depositphotos

Es el tercer revés que recibe el organismo, por lo que ahora debe esperar la sentencia definitiva de los amparos de las empresas de energías limpias

Los jueces de Distrito especializados en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones sí están facultados para admitir los juicios de amparo promovidos por más de 60 empresas de energías limpias, en contra del acuerdo del Centro Nacional de Control de Energía (Cenace), que pretendía impedir las pruebas y operación de esos consorcios.

Así lo determinó el Segundo Tribunal Colegiado de Circuito en materia Administrativa, especializado en Competencia Económica, al resolver una queja del ente gubernamental, la cual se declaró infundada de manera unánime por los tres magistrados que integran ese órgano jurisdiccional.

Se trata del tercer revés que recibe en tribunales el Cenace, por lo que ahora, al organismo rector del sistema eléctrico mexicano, solo le queda esperar la sentencia definitiva que recaiga en los juicios de amparo promovidos por las empresas de energías renovables.

CFE
Reuters

Ignorar la reforma energética

El pulso que sostienen las firmas generadoras de energía eólica y solar en contra del Cenace, y de la nueva política del gobierno federal que privilegia la generación de electricidad con combustibles fósiles, ha demostrado -preliminarmente- que la actual administración pretende ignorar la reforma energética de 2013, trasgrediendo los cambios que se hicieron en ese año a la Constitución, así como las leyes que se crearon posteriormente.

En esta ocasión, al resolver la última queja del Cenace, en la que se impugnaba la admisión de los amparos de las empresas de energías limpias, el Segundo Tribunal Colegiado especializado en Competencia Económica le recordó a esa autoridad que sus decisiones “tienen una incidencia directa en el mercado eléctrico”, el cual debe regirse “bajo parámetros de libre competencia”, tal y como lo estableció la reforma energética.

En la queja, el Cenace argumentó que el sistema eléctrico mexicano es un área prioritaria regulada por el Estado, por lo que -desde su perspectiva- sus decisiones deberían ser inatacables. Sin embargo, el Tribunal le respondió al Cenace que ese es un argumento infundado e ineficaz, pues la competencia económica, a la que está sujeta la industria eléctrica del país, comprende todos los fenómenos regulatorios que inciden en el mercado.

De esta forma, el Tribunal le aclara al Cenace que su acuerdo, en el que se suspendían “las pruebas preoperativas de las Centrales Eléctricas intermitentes eólicas y fotovoltaicas”, incide en el mercado eléctrico, por lo que es procedente que los juzgados especializados admitan los amparos de quienes resultan afectados con la medida.

Energía limpia
Envato elements

Lee: Más de 60 amparos lograron frenar al Cenace

Una historia de fracasos

Desde mayo pasado alrededor de 65 empresas de energías limpias promovieron sendos amparos en contra del acuerdo del Cenace, estos se están tramitando en los Juzgados Primero y Segundo de Distrito en Materia Administrativa, especializados en Competencia Económica en la Ciudad México, con jurisdicción para todo el país.

Luego de que esos juzgados admitieron los amparos y otorgaron suspensiones provisionales en favor de los consorcios, el Cenace tramitó una queja en contra de dichas suspensiones, sin embargo, el recurso llegó tarde, pues cuando el Tribunal especializado se disponía a analizarlo, el juzgado de Distrito ya había concedido suspensiones definitivas, por lo que la queja de la autoridad quedó sin materia.

Posteriormente, el Centro Nacional de Control de Energía interpuso un incidente de incompetencia por inhibitoria, con el fin de que los jueces especializados en Competencia Económica fueran declarados incompetentes para tramitar los amparos de las firmas de energías renovables.

Este incidente también se le rechazó al Cenace, pues en amparo, la tramitación de un conflicto competencial no está sujeta a la solicitud de las partes, ya que se trata de un trámite que solo pueden promover los propios juzgados, los tribunales o la Suprema Corte.

La tarde del miércoles, el tercer revés le fue notificado al Cenace, al declararse infundada su queja con la que pretendía combatir el origen mismo de los juicios, es decir, la admisión de las demandas que promovieron las empresas de energías renovables.

Energías limpias
Especial

Así, el acuerdo que impedía las pruebas de estas empresas, emitido por el Centro Nacional de Control de Energía en abril pasado, se mantiene suspendido, por lo que no puede surtir ningún efecto para los consorcios que promovieron los amparos. Además, es procedente que estos juicios sean resueltos por los Juzgados de Distrito especializados en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones.

Por ende, al Cenace solo le queda esperar que se lleve a cabo la audiencia constitucional en la que se analizarán los alegatos de las partes, tras lo cual, los juzgados deberán emitir la sentencia en la que se resolverá el fondo de los amparos.

La fecha para que ocurra esto último aun es incierta, debido a la carga de trabajo que tienen los juzgados, y a la suspensión parcial de actividades que se mantiene en el Poder Judicial de la Federación, debido a la pandemia de Covid-19.

Lee: Empresas de energías limpias logran suspensiones contra la Sener

autor Periodista y abogada, especialista en análisis jurídico y de derechos humanos. Ha sido reportera, conductora de radio y editora.
Comentarios