Buscador
Ver revista digital
Actualidad

¿Cómo cobrar la incapacidad del IMSS?

17-08-2022, 9:54:38 AM Por:
© Google maps

¿Tuviste un accidente de trabajo? La incapacidad es el certificado que los médicos entregan a los colaboradores. Te decimos cómo cobrarla.

¿Te enfermaste, tuviste un accidente o estás embarazada? Si es así y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) te otorgó la incapacidad, pero no sabes cómo cobrarla, aquí te damos los detalles.

Primero, debes saber que la incapacidad es un certificado que los médicos dan a los trabajadores tras tener un riesgo de trabajo, ya sea un accidente o enfermedad derivada a tus actividades laborales.

Incapacidad del IMSS: ¿Cómo cobrarla?

Este es el proceso que debes seguir para cobrar la incapacidad del IMSS:

  • En tu clínica debes presentar la copia del certificado que acredita que recibirás el subsidio.
  • Llevar identificación oficial vigente (con foto).
  • Mostrar un estado de cuenta de tu banco para conseguir el número al que te depositarán.
  • Ir después del tercer día hábil a tu banco.

La Ley Federal del Trabajo (LFT) señala la existencia de tres tipos de incapacidad derivadas de un riesgo laboral:

  • Temporal: Se trata de la pérdida de aptitudes o facultades que imposibilitan parcial o totalmente a una persona para realizar su trabajo por algún tiempo, de acuerdo con el artículo 478.
  • Permanente parcial: Es cuando los trabajadores tienen una reducción de sus facultades o aptitudes para ejercer la labor que tenían.
  • Permanente total: Se trata de una situación donde el empleado pierde de por vida sus facultades o aptitudes para el trabajo.

El IMSS divide en tres grupos la incapacidad, el pago y cómo cobrar dicho subsidio, según sea el caso del trabajador:

1. Riesgo de trabajo

No se necesitan semanas cotizadas previas y el porcentaje de pago es de 100%, considerando el salario registrado en el IMSS al inicio de la incapacidad.

2. Enfermedad general

En esta situación se requiere una antigüedad de cuatro semanas inmediatas previas al padecimiento. Si eres trabajador eventual, seis semanas en los cuatro meses anteriores al inicio del padecimiento. El pago es del 60% del salario registrado en el IMSS a partir de que se determina la incapacidad.

3. Maternidad

En esta circunstancia, la gente necesita haber cotizado 20 semanas en los 12 meses previos a la semana 34 de gestación. El pago es del 100% considerando el salario registrado ante el servicio de salud al inicio de la semana 34.

MÁS NOTICIAS:

autor Equipo de jóvenes periodistas cuyo objetivo es explicar las noticias más relevantes de negocios, economía y finanzas. Nos apasiona contar historias y creemos en el periodismo ciudadano y de servicio.
Comentarios