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Qué cambiará en México con el nombramiento de un Fiscal General

07-09-2017, 4:07:16 PM Por:
© Reuters

Uno de los principales objetivos del nuevo Fiscal General de la República es combatir el alto índice de impunidad, y garantizar el acceso de los ciudadanos a una procuración de justicia eficaz.

La autonomía del órgano encargado de perseguir los delitos en México ha sido una meta largamente esperada desde hace décadas, toda vez que el Ministerio Público –formalmente- debe representar a la sociedad en lo general, y a las personas que en particular sean víctimas de algún ilícito.

Es decir, el Ministerio Público es el abogado de los ciudadanos y único encargado de acusar a los delincuentes ante los tribunales, de ahí la importancia que reviste el nombramiento del nuevo Fiscal General de la República, que sustituirá al actual titular de la PGR. Enseguida te detallamos los elementos más importantes en torno a la polémica generada por la designación de quien encabezará la primera fiscalía del país.

1. Historia de impunidad

En México todas las Procuradurías de Justicia, y sus correspondientes Ministerios Públicos, formaban parte de la administración pública centralizada, o lo que es lo mismo, históricamente han sido una dependencia más del Poder Ejecutivo. Incluso, hasta antes de 1994, los Ministerios Públicos no sólo debían acusar a los delincuentes ante los tribunales, pues también tenían la obligación de representar jurídicamente a todo el Poder Ejecutivo.

Esta dualidad de funciones presentaba un sinnúmero de problemas que lesionaban severamente los derechos de los ciudadanos, sobre todo cuando alguna institución gubernamental o sus titulares cometían algún delito.

El ejemplo más destacado de esta problemática es el proceso jurídico en contra de varios funcionarios de Petróleos Mexicanos (Pemex), acusados de ser presuntos responsables de las explosiones del 22 de abril de 1992, ocurridas en el sector reforma de Guadalajara, tragedia que dejó un saldo de 210 muertos y la destrucción de 1,148 inmuebles.

En ese entonces, el Ministerio Público federal acusó ante los jueces a varios funcionarios de Pemex, pero al mismo tiempo también fungía como su representante jurídico, al tratarse de servidores públicos miembros del Poder Ejecutivo. La consecuencia en este caso fue que el Ministerio Público se desistió de su misma acusación contra los presuntos responsables de las explosiones, dejando todo el proceso en la impunidad.

Esta parcialidad fue la característica principal de la figura del Ministerio Público en México, hasta la reforma Constitucional del 31 de diciembre de 1994, cuando se creó la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo, eliminando la dualidad de funciones de las Procuradurías, además de que se incluyó que el Senado ratificara el nombramiento del titular de la PGR.

2. Órgano autónomo

Con esos cambios a la carta magna, y la reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal del 29 de diciembre de 1994, formalmente la Procuraduría General de la República dejó de ser un órgano administrativo dependiente del Ejecutivo federal, aunque en los hechos nunca se ha hecho realidad la autonomía de los Ministerios Públicos.

Justo eso es lo que se pretende con la nueva Fiscalía General de la República (FGR), una figura que se introdujo en el sistema jurídico mexicano con la reforma constitucional del 10 de febrero de 2014. Desde entonces, el artículo 102 de la Constitución mexicana establece que el Ministerio Público estará organizado mediante una Fiscalía General, la cual será un órgano público autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propios.

De esta forma, la FGR formará parte de los órganos constitucionalmente autónomos que no son parte del Poder Ejecutivo, como el Instituto Nacional Electoral (INE) o el Instituto Nacional de Acceso a la Información Pública (INAI), de ahí que el nombramiento del primer fiscal esté generando tanta polémica.

3. Fiscal a modo

La transformación de la PGR en Fiscalía General de la República, y su correspondiente autonomía constitucional, está condicionada a que entren en vigor las leyes secundarias que regirán a esa institución, en específico la Ley Orgánica de la Fiscalía, la cual no ha sido aprobada por el Poder Legislativo. Además, el artículo decimosexto transitorio de la reforma que crea la FGR establece que el Congreso deberá emitir una “declaratoria expresa de entrada en vigor de la autonomía constitucional de la Fiscalía”, lo que tampoco ha ocurrido.

A estas omisiones se agrega que la misma reforma Constitucional establece que el Procurador General de la República en funciones será designado como el primer fiscal del país, cuando el Congreso declare la autonomía constitucional de la FGR ya mencionada. Justo es esta disposición, que fue avalada con el voto de la mayoría de los legisladores de las dos Cámaras del Congreso, la que está generando el más reciente diferendo en torno al nombramiento del fiscal.

Desde la semana pasada, el Congreso mexicano enfrenta una crisis política debido a que la Cámara de Diputados no podía organizar su mesa directiva, a partir de la oposición manifestada por las bancadas del PAN, PRD y Movimiento Ciudadano que están en contra de que el titular de la PGR, Raúl Cervantes, sea el nuevo fiscal.

El llamado “pase automático” de Cervantes a la que será la Fiscalía General de la República (FGR) no solo es respaldada por los senadores y diputados del Partido Revolucionario Institucional, sino que es una disposición que se incluyó en la reforma que crea a ese organismo, y que en su momento contó con la anuencia de las bancadas de oposición.

4. Reforma de la reforma

Los partidos de oposición en el Congreso consideran que, antes de nombrar al nuevo fiscal, se debe modificar el artículo transitorio de la reforma que estableció el “pase automático” del procurador.

De hecho, el 29 de noviembre del año pasado, el presidente Enrique Peña Nieto presentó en el Senado una iniciativa que elimina la disposición de nombrar como Fiscal General al actual titular de la PGR. Sin embargo, esta propuesta no ha sido aprobada debido a la oposición del mismo partido al que pertenece el mandatario federal: el PRI.

El documento de la presidencia que recibieron los senadores plantea que el Congreso apruebe primero la Ley Orgánica de la Fiscalía, se declare la autonomía constitucional de esa institución, y posteriormente sea elegido el nuevo fiscal, conforme a las reglas que establece el artículo 102 de la Constitución. Ese numeral detalla que el fiscal deberá ser electo por las dos terceras partes de los miembros presentes del Senado, de entre una terna de diez candidatos, la cual será enviada a la Cámara alta por el Ejecutivo federal.

5. Fin de la impunidad

Uno de los principales objetivos de la nueva Fiscalía General de la República es combatir el alto índice de impunidad que se registra en México, así como garantizar el acceso de los ciudadanos a una procuración de justicia eficaz y respetuosa de los derechos humanos.

Para ello, a diferencia del titular de la PGR, el nuevo fiscal durará nueve años en su cargo, con lo que se intenta garantizar que su nombramiento sea un asunto de Estado y no de intereses partidistas, o de la administración federal en turno. Otra diferencia con el procurador es que el fiscal solo podrá ser removido por el Ejecutivo federal por causas graves, e incluso esa decisión puede ser objetada por el voto de la mayoría de los miembros del Senado.

Así mismo, como organismo constitucionalmente autónomo, la fiscalía deberá establecer un servicio profesional de carrera para sus integrantes, quienes en todo momento deben observar los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez, y respeto a los derechos humanos.

autor Periodista y abogada, especialista en análisis jurídico y de derechos humanos. Ha sido reportera, conductora de radio y editora.
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