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Ampliación de mandato de Arturo Zaldívar se decidirá en consulta en SCJN; así será el proceso

08-06-2021, 4:52:52 PM Por:
© Notimex Arturo Zaldívar

El decreto que amplía el periodo del presidente de la SCJN hasta el 30 de noviembre 2024 entró en vigor este martes 8 de junio.

El ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Arturo Zaldívar Lelo de la Rea, anunció este martes que presentará al pleno del máximo tribunal del país una consulta extraordinaria para resolver la controversia que plantea la ampliación de su periodo al frente de la Corte, disposición que el Congreso incluyó en un artículo transitorio de las leyes reglamentarias de la reforma judicial, y que “ha generado un ambiente de desconfianza” en toda la judicatura.

A través de un comunicado, Zaldívar dice que el artículo decimotercero transitorio de las normas secundarias de la reforma judicial “injustamente pone en entredicho la labor cotidiana de toda la judicatura”, además de que “siembra dudas sobre la independencia judicial y la división de poderes”.

El decreto que amplía el periodo del presidente de la SCJN, quien en vez de concluir su gestión al frente del máximo tribunal del país el 1 de enero de 2023, lo haría hasta el 30 de noviembre de 2024, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el lunes, y entró en vigor este martes.

Sin embargo, el numeral en cuestión, apuntó Zaldívar, “daña la legitimidad del Poder Judicial Federal”, por lo que se requiere “buscar una salida inmediata que permita retomar el foco en la implementación de la reforma” judicial.

Esta salida se dará a través de una consulta entre los ministros del pleno de la Corte, y como no se trata de una demanda formal, la decisión debe avalarse con una votación de mayoría simple.

Consulta a los ministros

De acuerdo con la fracción XVII del artículo 11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, como presidente de la Corte, Zaldívar presentará ante el pleno de la institución “una consulta extraordinaria” para saber cómo se debe proceder con respecto a la ampliación de su presidencia.

Aunque no lo menciona en el comunicado, lo dispuesto en el numeral transitorio contradice al artículo 97 de la Constitución que dice claramente que “cada cuatro años, el Pleno (de la Corte) elegirá de entre sus miembros al Presidente” de la misma, “el cual no podrá ser reelecto para el período inmediato posterior”.

Por ende, sin necesidad de que se presente una acción de inconstitucionalidad por parte de los legisladores de oposición, Arturo Zaldívar implementará el mecanismo que contempla la ley que rige al Poder Judicial de la Federación, a fin de que sean 10 ministros del pleno de la Corte, quienes por mayoría simple tendrán que decidir sobre la constitucionalidad del transitorio.

En este caso, el presidente de la SCJN no participaría en la consulta del asunto, por estar impedido, al tratarse de un tema que le atañe directamente.

Como no se trata de la resolución de una controversia constitucional o de una acción de inconstitucionalidad, que deben presentarse como demandas por personas o actores que no son miembros de la Corte, el tema debe dirimirse como una controversia suscitada “con motivo de la interpretación y aplicación de los artículos 94, 97, 100 y 101 de la Constitución”, de acuerdo con el artículo 11 de la nueva Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en vigor desde este martes.

Esto significa que, a diferencia de las controversias constitucionales o las acciones de inconstitucionalidad, el tema puede ser resuelto con el voto de una mayoría simple de los ministros presentes en el pleno, por lo que ya no se necesitará una votación calificada de al menos ocho ministros.

Independencia judicial

El presidente de la Corte afirmó en su comunicado que “en una democracia constitucional los conflictos se dirimen a través de los mecanismos que la propia Constitución establece para su defensa, los cuales deben interpretarse acorde a las circunstancias, de manera que se maximicen las posibilidades de control constitucional”.

Zaldívar aseguró que México tiene un tribunal constitucional autónomo e independiente “que estará a la altura de esa responsabilidad”. Sobre sí mismo, agregó que a lo largo de su trayectoria ha defendido la Constitución y los derechos humanos “por encima de cualquier otra consideración”.

Por ello, añadió, “el Poder Judicial seguirá actuando con plena imparcialidad, autonomía e independencia (…) salvaguardando los derechos de toda la ciudadanía y el modelo de vida democrática e institucional que nuestra Constitución consagra”.

La forma en la que resolverá este tema no es nueva, se trata de una facultad que siempre ha estado contemplada en las normas del Poder Judicial de la Federación, de hecho, la jurisprudencia de la Suprema Corte sobre la obligatoriedad de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en las que se condene al Estado mexicano inició así en 2011, a partir del asunto Varios 912/2010.

autor Periodista y abogada, especialista en análisis jurídico y de derechos humanos. Ha sido reportera, conductora de radio y editora.
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