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Senado aprueba Ley contra lavado de dinero

29-04-2011, 7:49:11 AM Por:
Senado aprueba Ley contra lavado de dinero fifu

Con la finalidad de debilitar las estructuras financieras del crimen organizado, el Senado de la República aprobó por unanimidad la Ley contra el lavado de dinero.

29 de Abril de 2011

El Senado de la República aprobó de manera unánime la “Ley federal para la
prevención e identificación de operaciones con recursos de procedencia ilícita”,
que contempla penas de hasta 16 años de cárcel para las personas que no
informen a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHPC) de actos ilegales
sobre lavado de dinero.

Asimismo, esta ley fija multas de hasta cuatro millones de pesos o 100% del
valor de la operación, y se prohíben transacciones en efectivo para la compra
de bienes inmuebles de más de un millón de pesos.

El dictamen que fue avalado en lo general y lo particular, y sufrió
modificaciones de forma, no de fondo, establece la creación, al interior de la
PGR, de una unidad especializada en análisis financiero en contra de la
delincuencia organizada.

La unidad tendrá el carácter de agente del Ministerio Público de la
Federación, contará con oficiales ministeriales y personal especializado en
esta materia, y deberá enviar al Senado un informe anual sobre este delito.

La nueva legislación, denominada Ley federal para la prevención e
identificación de operaciones con recursos de procedencia ilícita, considera
como “actividades vulnerables” aquellos actos, operaciones y servicios que
prestan las entidades financieras.

Clasifica como entidades financieras a las instituciones de crédito, la
Bolsa de Valores, el Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR), las uniones de
ahorro, sociedades de inversión, cooperativas de ahorro y aseguradoras.

Dichas entidades deberán establecer medidas y procedimientos para prevenir y
detectar posibles operaciones inusuales, para lo cual deberán crear un
expediente de identificación de cada uno de sus clientes.

Además, deberán reportar a la Secretaría de Hacienda toda operación,
actividad, conducta o comportamiento inusual de algún cliente en función al
origen, destino y monto de los recursos, sin que exista una justificación
razonable para ello.

Se establece, además, que las “actividades vulnerables” propensas
al lavado de dinero, son los juegos con apuesta, la venta de boletos para
dichos juegos, la emisión de tarjetas de crédito y de cheques.

Así como el ofrecimiento habitual o profesional de operaciones de mutuo o de
garantía o de otorgamiento de préstamos y créditos, además de la prestación
habitual o profesional de servicios de construcción de inmuebles.

Se contemplan también la comercialización habitual o profesional de metales
y piedras preciosas, joyas o relojes cuyo valor sea igual o superior a los 20
mil pesos, y de obras de arte con un costo mínimo de 300 mil pesos.

Finalmente, las entidades financieras deberán reportar a la Secretaría de
Hacienda operaciones mayores a 500 mil pesos en la compra de inmuebles, así
como la comercialización de vehículos nuevos o usados aéreos, marítimos y
terrestres por 400 mil pesos o más.

autor Equipo de jóvenes periodistas cuyo objetivo es explicar las noticias más relevantes de negocios, economía y finanzas. Nos apasiona contar historias y creemos en el periodismo ciudadano y de servicio.
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