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SCJN define si se desclasifican masacres de migrantes

18-11-2015, 12:05:50 PM Por:
SCJN define si se desclasifican masacres de migrantes fifu

Hoy se juega la facultad del INAI para desclasificar casos de violaciones a los derechos humanos en Tamaulipas y Nuevo León. La decisión será clave para la transparencia.

Este miércoles los cinco ministros de la Suprema Corte de Justicia confirmarán o negarán la facultad del Instituto Nacional de Transparencia (antes IFAI) para desclasificar información relacionada con violaciones graves a derechos humanos, por el interés público que entrañan, aun cuando los casos no hayan sido declarados como graves o analizados por la Comisión de los Derechos Humanos (CNDH).

La lucha por la desclasificación de información pública inició en abril de 2013, cuando la Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho solicitó al entonces Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI) que a su vez le requiriera a la Procuraduría General de la República (PGR) la versión pública de tres masacres de migrantes: la de San Fernando, Tamaulipas, ocurrida en agosto de 2010; el hallazgo de 47 fosas clandestinas con 193 restos también en San Fernando en abril y mayo de 2011; y la aparición de 39 torsos en Cadereyta, Nuevo León, registrada en mayo de 2012.

Ana Lorena Delgadillo, directora ejecutiva de la Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho, habló para Alto Nivel.com.mx sobre la histórica decisión que tomará hoy la Primera Sala.

“La Corte cuenta con una infinidad de herramientas para valorar su decisión, siendo la principal una sentencia previa otorgada por el juez Fernando Silva, la cual es el resultado de un recurso que nosotros promovimos en contra de la resolución del entonces IFAI, que argumentó que estaba impedido para ofrecer una versión pública de esas tres investigaciones porque no había un órgano que previamente considerara a esos crímenes como graves violaciones a los derechos humanos” explicó.

Ante esta situación, el juez Silva otorgó una sentencia positiva para el avance de la transparencia, pues dictaminó que el ahora Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI) sí puede pronunciarse en primera instancia sobre la existencia de graves violaciones a los derechos humanos para efectos de transparencia y acceso a la información.

En este tenor, el juez Silva determinó que los tres casos son graves y le ordenó al IFAI que dejara sin efecto la reserva en la que estaban las investigaciones, así que la PGR tendría que entregar a quien lo solicite una versión pública de los hechos ocurridos en Tamaulipas y Nuevo León.

“La valoración que hace el juez Silva sobre la importancia de la rendición de cuentas, de la transparencia y del derecho a la verdad en casos graves para la ciudadanía es un avance muy importante; uno de los mensajes que el juez emitió resaltaba que solamente cuando la ciudadanía esté informada podrá ejercer una vigilancia eficaz sobre las autoridades cuando se trata de graves violaciones, y que un país que se dice democrático debe tener esa transparencia” dijo Ana Lorena Delgadillo.

La sentencia del juez Silva no fue vista con buenos ojos ni por el IFAI ni por la PGR, así que se inconformaron. En cuanto la inconformidad llegó al tribunal colegiado, la PGR solicitó a la SCJN que atrajera el caso. “La Corte debe valorar si el INAI tiene o no esa facultad o si pondrá una limitante adicional, que sería que la CNDH debe determinar en primera instancia si es o no un caso grave de violación a los derechos humanos”.

Si la sentencia fuera negativa, explica la directora ejecutiva de Fundación Justicia, habría que analizar en qué términos se da. “Si la SCJN determinara que antes de que el INAI califique si es o no una grave violación la investigación debe turnarse a órganos como la CNDH, estaríamos ante una fuerte limitante que incluso llevaría al cierre de la información de diversos crímenes”.

Un ejemplo de esta traba se vivió con el caso de los 72 migrantes masacrados en San Fernando, Tamaulipas, en 2010, el cual fue considerado no grave por la CNDH.

“Fundación Justicia y un grupo de víctimas promovimos un amparo en contra de la CNDH porque hubo violaciones al procedimiento de investigación, pues la Comisión no investigó lo principal que era la violación a la integridad y la vida de los 72 migrantes, no entrevistó a las víctimas ni averiguó más sobre la equivocación en la entrega de los cuerpos y lo que ese error representó para sus familias”.

Esa recomendación limitada, consideró Delgadillo, cierra el camino para acceder a esa información y que la ciudadanía presione a las autoridades.

El INAI se consolida como garante de la transparencia

Ana Lorena consideró que tras la resolución del juez Silva así como de la reestructuración que sufrió recientemente, el INAI ha abierto información importante y ha mostrado una actitud diferente hacia el derecho a la transparencia. “El INAI se está consolidando como un tribunal abierto a la transparencia, así que una negativa de la Suprema Corte sería un revés a estos avances”.

Sobre este asunto ofreció otro ejemplo. “El caso Ayotzinapa ya cuenta con un expediente público, el cual ha permitido que la ciudadanía, los investigadores, los periodistas y todo el que se sienta afectado por esos hecho ocurridos en Guerrero tenga acceso a información de primera mano y exija a las autoridades que investigue y que investigue bien, pero podría cerrarse si la SCJN falla en contra. Si en el futuro alguien pide más datos sobre Ayotzinapa, el INAI, con base en la resolución de la Corte, podrá negarse a esa petición porque tendría que pasar primero por la CNDH”.

Es importante que no se confundan los procedimientos. “La CNDH tiene la facultad para investigar crímenes sean graves o no, mientras que la competencia que tiene el INAI (plasmada en el Artículo 6 de la Constitución) y que lo consagra como el órgano garante para la transparencia y el acceso a la información, no dice que haya un camino extra, o un paso extra, para llegar a esa información, para que un órgano diferente al INAI clasifique si es grave o no el caso”.

Si la resolución de la Corte viene en el mismo tenor que la del juez Silva será un paso muy importante para consolidar el derecho a la verdad en México.

“La Corte debe ir afinando los criterios para considerar cuál es un caso de graves violaciones a los derechos humanos, dónde está el derecho de la víctima sobre qué información puede hacerse pública, así que iríamos avanzando en el país en la implementación de criterios más sólidos para saber cuándo le es posible al ciudadano acceder o no a la información, porque le afecta, pues las graves violaciones de los derechos humanos no sólo dañan a las víctimas directas o indirectas, nos afectan a todos como sociedad”.

autor Equipo de jóvenes periodistas cuyo objetivo es explicar las noticias más relevantes de negocios, economía y finanzas. Nos apasiona contar historias y creemos en el periodismo ciudadano y de servicio.
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