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¿Qué dice el nuevo Reglamento de Tránsito del DF?

17-08-2015, 11:30:30 AM Por:
¿Qué dice el nuevo Reglamento de Tránsito del DF? fifu

El nuevo reglamento contempla multa a los ciclistas por atropellar a peatones, nuevos límites de velocidad y aumento en la sanción por ir hablando por teléfono.

Este lunes, el Jefe de Gobierno del DF, Miguel Ángel Mancera, presenta el nuevo Reglamento de Tránsito que busca alinearse con el concepto “Visión Cero”, creado en Suecia a finales de los noventa y cuyo principio es: Reducir el número de accidentes, muertes y lesiones por accidentes de tránsito.

El documento será publicado en el marco del Día Internacional del Peatón e incluye algunas propuestas realizadas por organizaciones sociales en temas como la señalización de tránsito, la red vial primaria, el sistema de sujeción para sillas de ruedas, entre otros.

De acuerdo al sitio Big Data Mx estos serán los principales cambios.

1. Conducir y hablar por celular

Los automovilistas que utilice el celular, conduzca con mascotas cargando en las piernas o se maquille mientras conduce, la sanción pasará de 350.50 pesos a 2 mil 98 o 2 mil 448 pesos.

2. Nuevos límites de velocidad

Disminución de los límites en las principales vías primarias de la ciudad, que pasarán de los 70 a los 50 kilómetros por hora

En los carriles centrales de las vías de acceso controlado la velocidad máxima será de 80 kilómetros por hora.

En las vías secundarias, incluyendo las laterales de vías de acceso controlado, la velocidad máxima será de 40 km/h.

E las zonas de tránsito calmado la velocidad máxima será de 30 km/h; en zonas escolares, hospitales, asilos, albergues y casas hogar, la máxima será de 20 kilómetros por hora y  en estacionamientos en vías peatonales en las cuales se permita el acceso a vehículos la velocidad máxima será de 10 km/h.

Multa: Quienes violen los límites de velocidad deberán pagar 699.5 a mil 399 pesos (equivalente de 10 a 20 veces la unidad de cuenta), y se les sumarán de tres a seis puntos de penalización en su licencia.

3. Vueltas.

En el artículo 10 señala que se suspenden las vueltas continuas a la derecha, sólo en aquellos casos en los que esté el señalamiento.

4. Uso de claxon

En el artículo 7 dice que se aplicará una multa de 349 a 699 pesos y un punto de penalización en la licencia de conducir a quienes utilicen la bocina para un “ fin diferente al de evitar un hecho de tránsito, especialmente en condiciones de congestión vehicular, así como provocar ruido excesivo con el motor”.

5. Falta de mantenimiento en vías públicas

El artículo 57  dice que cuando la causa del hecho de tránsito sea la falta de mantenimiento de la vía, señalización vial inadecuada o alguna otra causa imputable a las autoridades, los implicados no serán responsables de los daños y podrán reclamar a la autoridad.

6. Atropellamiento

Los conductores de vehículos motorizados que embistan con su automóvil a un ciclista o a un peatón, sin ocasionar daños pagará una multa equivalente de 769 a mil 399 pesos, y al igual que los ciclistas tendrá arresto administrativo y será penalizado con tres puntos en su licencia de conducir.

En el caso de los ciclistas que embista con su vehículo a un peatón sin ocasionar lesiones será remitido al Juez Cívico a petición de la parte agraviada. Por lo que se aplicará una multa equivalente de 769 a mil 399 pesos o un arresto administrativo de 13 a 24 horas.

7. Sistema de puntos

En el artículo 66 se señala que la licencia de conducir se cancelará al acumular doce puntos de penalización. Cabe señalar que el cómputo de los puntos de penalización se realizará a través de las boletas expedidas por la SSPDF.

Sobre los puntos de penalización tendrán una vigencia de un año a partir de la fecha de la expedición de la boleta de sanción y la reexpedición de la licencia que haya sido extinguida por penalización de puntos procederá después de transcurridos tres años.

8.  Impugnación de multas

Los afectados por actos y resoluciones de las autoridades del GDF podrán interponer un recurso de inconformidad, ante la autoridad competente o impugnar la imposición de las sanciones ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del DF.

9. Ciclistas

No podrán rodar con audífonos, ya que representa un distractor y podrían ponerse en riesgo.

El nuevo reglamento entrará en vigor el 1 de enero de 2016, a excepción de los artículos 39 , 40 y 46, que se aplicarán hasta el 1 de junio de 2016, los cuales se refieren a la obligatoriedad de los sistemas de retención infantil, los aditamentos que deben tener los vehículos no motorizados, motorizados, vehículos de enseñanza; de transporte público; personal, escolar y de carga, y la obligación de los propietarios de vehículos particulares de contar con póliza de seguro de responsabilidad civil vigente.

El secretario de Movilidad, Héctor Serrano, dijo a los medios que la publicación de este nuevo reglamento podría traer actos de oposición.

autor Equipo de jóvenes periodistas cuyo objetivo es explicar las noticias más relevantes de negocios, economía y finanzas. Nos apasiona contar historias y creemos en el periodismo ciudadano y de servicio.
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