Mitos y realidades del reparto de utilidades
¿Todas las empresas están obligadas a repartir sus ganancias? ¿Cómo se calcula el monto? ¿Son libres de impuesto? Una experta te resuelve éstas y otras dudas.
Con abril comenzó el período de la Participación de los Trabajadores
en las Utilidades de las Empresas (PTU), también conocido como reparto de
utilidades, una prestación obligatoria de la cual te detallamos a continuación
los puntos más importantes.
Antes de comenzar con algunas dudas que te pueden surgir, te
comentamos que, de acuerdo a la Procuraduría
Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), el reparto de utilidades es un
pago adicional al salario que realizan los centros de trabajo cuando han tenido
ganancias en el año.
Este pago se realiza entre los meses de abril y mayo, es el equivalente a 60 días después de que las empresas hicieron su declaración
anual, de la cual debieron haber entregado una copia con anterioridad a los empleados. Con esta copia, los empleados pueden exigir su reparto de utilidades, en caso de que la empresa haya generado las ganancias suficientes.
¿Cómo se calcula el reparto?
“Las utilidades son un 10% que se paga de lo que haya
obtenido la empresa, por ejemplo, si la empresa tuvo un millón, se calcula el
10% sobre un millón y ese importe se calcula sobre todos los trabajadores que
hayan laborado el año anterior”, explica en entrevista Sara Barajas Cortés, profesora
del Departamento de Contabilidad y Finanzas del Tecnológico de Monterrey,
Campus Ciudad de México.
De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, la utilidad
repartible, es decir ese 10%, se dividirá en dos partes iguales:
1) Se
repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el
número de días trabajado por cada uno en el año, independientemente del monto
de los salarios.
2) Se repartirá en proporción al monto de los salarios
devengados por el trabajo prestado durante el año.
¿Las empresas están obligadas a repartir utilidades?
No, de acuerdo al artículo 126 de la Ley Federal del
Trabajo, hay seis excepciones en el reparto de utilidades:
a. Las empresas de nueva creación, durante el primer año de
funcionamiento.
b. Las empresas de nueva creación, dedicadas a la elaboración
de un producto nuevo, durante los dos primeros años de funcionamiento.
c. Las empresas de industria extractiva, de nueva creación,
durante el período de exploración.
d. Las instituciones de asistencia privada, que con bienes
de propiedad particular ejecuten actos con fines humanitarios de asistencia,
sin fines de lucro.
e. El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y las
instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o
de beneficencia.
f. Las empresas que tengan un capital menor del que fije la
Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) por ramas de la industria, previa
consulta con la Secretaría de Economía.
¿Todos los miembros del personal participan de las
utilidades?
De acuerdo al artículo 127 de la Ley Federal del Trabajo,
estos son los cuatro puntos que debes saber sobre quiénes reciben la PTU:
a. Los directores, administradores y gerentes generales de
las empresas no participarán en las utilidades.
b. Las madres trabajadoras, durante los períodos pre y postnatales,
y los trabajadores víctimas de un riesgo de trabajo durante el período de
incapacidad temporal, serán considerados como trabajadores en servicio activo.
c. Los trabajadores domésticos no participarán en el reparto
de utilidades.
d. Los trabajadores eventuales tendrán derecho a participar en
las utilidades de la empresa cuando hayan trabajado sesenta días durante el
año, por lo menos.
¿Existen las compensaciones?
De acuerdo al artículo 128, no existen compensaciones en caso de que la empresa no hubiera repartido utilidades un año previo, a causa de alguna crisis económica. Adicional a eso, la ley señala que el importe de las utilidades no
reclamadas en el año en que sean exigibles, se agregará a la utilidad
repartible del año siguiente.
¿Las utilidades generan impuestos?
Sara Barajas Cortés forma parte de uno de los despachos en
los que el Tec de Monterrey ofrece consultoría como un apoyo social, y asegura
que una de las preguntas más frecuentes de los visitantes es si las utilidades
generan impuestos.
“Sí lo hacen, aunque son exentas parcialmente. Son exentas
15 días de salario mínimo. Por ejemplo, en el DF el salario es de 70.10 pesos,
y eso lo multiplico por 15 días son 1,050 pesos. Si me pagaran utilidades por
10,000 pesos, menos 1,050, quedan 8,950, y sobre eso la empresa debe calcular
el impuesto”, explica la académica.
¿Se puede pagar en varias exhibiciones?
La académica del Tec señala que la obligación es hacer el
pago en una sola exhibición, sin embargo, existen empresas que llegan a
acuerdos con sus empleados para pagar en dos exhibiciones las utilidades, a lo
que los empleados suelen aceptar.
¿Tienes alguna otra duda sobre el reparto de utilidades? Compártenos tus inquietudes en el área de comentarios.
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