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La reforma laboral, ¿es tan mala como se refiere?

08-10-2012, 9:22:16 AM Por:
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Expertos en capital humano coinciden en que las reglas clarifican las prácticas, pero, también las empresas deben demostrar su responsabilidad social.

La reforma laboral presentada por el presidente Felipe Calderón y aprobada por los diputados, es de gran importancia, porque de ella depende la fuerza de trabajo de México. Fiscalistas, políticos y otros especialistas han opinado sobre las implicaciones económicas, sin embargo, ¿cuáles son las consecuencias de una reforma como esta sobre el capital humano?

Para el experto, Eduardo Lan fundador de Mesa Consultores, el tema de la reforma laboral tiene dos frentes, sus estipulaciones y la percepción que se tiene de ella. “Hay dos aristas, la parte objetiva sobre cuáles serían los impactos
tangibles y directos de la Reforma Laboral y la parte subjetiva, la
parte del cómo la gente percibe el valor de esta reforma (…)
definitivamente hay una percepción negativa, lo cual independientemente
de su impacto tangible, para el factor humano, es preocupante”.

No obstante, el verdadero reto -afirma- se dará por parte de las empresas y
el grado de responsabilidad con que asuman estos cambios laborales,
“independientemente de las medidas que se tomen, hay que recordar que es
la gente quien trabaja, la valoración del factor humano es de suma
importancia en esta nueva Reforma Laboral”, comenta Lan.

AltoNivel.mx platicó con dos expertos en el área laboral para conocer su opinión sobre los puntos polémicos de la reforma:

Outsourcing: Uno de los temas más cuestionados es el ingreso por outsourcing o la tercerización empresarial.  La propuesta aprobada indica que se regulará la subcontratación del personal con el propósito de llevar un control de ésta, de esta forma, se podrá evitar la evasión y elusión del cumplimiento de obligaciones por parte del patrón, acto realizado de manera frecuente por muchas empresas mexicanas.

Al respecto, Shalila Curioca, especialista en Derecho Laboral y Recursos Humanos en el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM), asegura que fuera de perjudicar de manera directa al trabajador, es una buena medida para mantener en orden a aquellas empresas que abusaban de estos servicios, “en este tema se gana una regulación, así habrá más candados para la utilización de estos servicios, las empresas ya no podrán tener a todos sus trabajadores bajo el mismo método de subcontratación, ahora se tiene que justificar su carácter especializado”.

Por su parte, Eduardo Lan, socio fundador de Mesa Consultores, comenta que podría haber un problema con la utilización de la subcontratación. “En términos teóricos debería flexibilizar al mercado laboral, éste permite que los empresarios puedan manejar su entorno de acuerdo con sus necesidades laborales, sin embargo, su riesgo es el abuso de esto (…) este tipo de contratación existe en otros países y son adecuadas, el problema es que las organizaciones comiencen a abusar de estos recursos”.

Pago por hora: Uno de los temas más polémicos es la modificación al artículo 83 establece que “Tratándose de salario por unidad de tiempo, el trabajador y el patrón podrán convenir el monto, así como el pago por cada hora de prestación de servicio, siempre y cuando no se exceda la jornada máxima legal y se respeten los derechos laborales y de seguridad social correspondiente a la plaza”.

De acuerdo con la especialista del ITAM, esta reforma no afecta al trabajador, “mucho se criticado el punto, algunos aseguran que la modificación es retrógrada y que se están violando los derechos de los trabajadores, pero no es así, dentro de la propuesta está especificado que el monto lo convienen trabajador y patrón y que como mínimo el  trabajador debe ganar el salario mínimo estipulado (en la Ciudad de México es de 62.30 pesos), es decir, si te contratan menos de las ocho horas, de cualquier forma te pagarán el salario mínimo”.

Licencia de paternidad y maternidad: La propuesta enviada por Felipe Calderón indicaba una modificación al artículo 132 en su fracción XXVII bis, donde se decía que los padres podrían tener una licencia de paternidad por 10 días con goce de sueldo, sin embargo, la reforma aprobada sólo brinda al trabajador tres días. “Este tema es nuevo y beneficia al trabajador, ahora, cualquier hombre que sea papá tendrá tres días, con goce de sueldo, para poder estar con su hijo, ya sea un recién nacido, o adoptado”, indica Shalila Curioca. Para Eduardo Lan esta reforma ayuda al trabajador de manera significativa, “cualquier persona que sea papá, podrá estar con su hijo”.

Dentro de los permisos de maternidad se encuentra el de las madres que podrán ejercer los tres meses de asueto a su conveniencia, “siempre se había tenido la disponibilidad de 42 días antes del parto y 42 días después, ahora la mamá podrá hacer uso de estos días como a ella le convenga, siempre y cuando haya una autorización por parte del sector salud”, comenta Curioca.

Asimismo, dentro de las modificaciones para los permisos de maternidad, se especifica los periodos de lactancia, tema que con anterioridad no se tenía definido, con la nueva ley los periodos de lactancia quedad en un rango de los primeros seis meses del nacimiento, dándole a la madre permiso para alimentar a su hijo en periodos de dos a tres horas. Esta medida parece imposible, por lo que se estipula que las madres que se encuentren en el periodo de lactancia señalado, podrán salir una hora antes de su trabajo.

Vacantes: “Uno de los temas en los que se podría ver perjudicado al trabajador es en el tema de las vacantes (…) En México se manejaba el derecho por escalafón de acuerdo con la antigüedad, ahora la ley la cambió por completo, este derecho a escalafón se basará en la productividad no en los años que tenga el trabajador en la empresa, el que demuestre mayores aptitudes tendrá posibilidad de ascender”. Para la experta del ITAM es un beneficio para los trabajadores que en realidad tienen las capacidades que requieren los puestos más especializados.

Salarios caídos: Otro de los puntos clave para esta Reforma Laboral son los salarios caídos, de acuerdo con la propuesta  aprobada por la Cámara de Senadores, cuando un trabajador se va a juicio con la empresa debido a un despido injustificado, los salarios caídos deben de ser pagados sobre el salario integrado, estos forman una indemnización para el trabajador por un despido injustificado.

La nueva ley pone un tope a esta indemnización de doce meses de salarios caídos y un 2% a razón de 15 meses del salario del trabajador. Pada Eduardo Lan este tema es una moneda de dos caras “sí, afecta al trabajador y ayuda a las empresas o al patrón, sin embargo, el problema no está en la reducción de meses sobre salarios caídos, el problema está en los procesos de juicio que enfrenta el trabajador y la empresa, esta reforma no atiende la problemática de fondo, la verdadera afectación es la lentitud de los tribunales, no hay juicios que duren menos de un año”.

Al respecto, Shalila Curioca comenta que “no se violan los derechos del trabajador, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, un juicio laboral debería de ser resuelto en los siguientes 97 días, no en tres años, como sucede”.

Periodos de prueba: Sobre el tema de los periodos de prueba y la parte de multihabilidades, la nueva reforma laboral indica que habrá periodos de prueba en las empresas de 28 días, donde el trabajador deberá probar sus habilidades para el puesto solicitado, práctica por demás realizada por las empresas mexicanas.

“Esta es una práctica que siempre se ha realizado, las empresas contratan con periodos de prueba de hasta tres meses, sólo que ahora será de 28 días (…) se le da los mismos derechos y aportaciones que a cualquier trabajador”. Sin embargo, el tema podría ser un poco más delicado, “el problema es que se podría abusar de este tema, puede ser que la contratación empiece a ser descontrolada y que los despidos se den de manera injustificada, sólo por ser un periodo de prueba”.

Para la parte de multihabilidades, la ley indica que toda persona tiene responsabilidades específicas en el trabajo, sin embargo, también podrá realizar tareas conexas o complementarios, pero ojo, estas deberán ser pagadas como compensación salarial correspondiente.

¿Crees que las empresas aplicarán la ley con responsabilidad social?

Para saber más:

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autor Reportera.
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