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¿Más vacaciones igual a más éxito profesional?

23-06-2015, 10:45:27 AM Por:
¿Más vacaciones igual a más éxito profesional? fifu

Las personas que toman sus días de descanso tienen hasta un 6.5% más de probabilidades de obtener una promoción. Toma un asueto inteligente.

Disfrutar de periodos vacacionales podría ayudarte a obtener ascensos o aumentos de sueldo, al menos así lo plantea un reciente artículo de la Harvard Business Review.

Shawn Achor, colaborador de la revista y autor del libro The Happiness Advantage (La ventaja de la felicidad), indica que nuevos estudios podrían rebatir la idea de que los trabajadores que toman más vacaciones tienen menos éxito en sus carreras y comparte algunos datos interesantes:

De acuerdo al proyecto Time Off, que analizó el impacto de la vacaciones en empleados y empresas, las personas que toman sus vacaciones tienen hasta un 6.5% más de probabilidades de obtener una promoción.

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Las vacaciones incrementan hasta un 94% tus niveles de energía y felicidad cuando: salimos de la ciudad, planeamos el itinerario y dejamos pendientes resueltos antes de irnos. Achor las llama vacaciones inteligentes.

Un estudio de la Asociación de Viajes de Estados Unidos indica que toman vacaciones eleva los niveles de bienestar (31%) y productividad (21%) de los trabajadores.

Tomes o no tus vacaciones, siempre habrá trabajo por hacer. Así que ahora que conoces tus derechos, planea y disfruta tus vacaciones.

¿Cuántos días te tocan de vacaciones?

Hoy estás sentado en tu escritorio, de camino al trabajo o descansando después de un día pesado. Estarías mejor en la playa, sintiendo el calor, mirando el mar y con una bebida fría en la mano. No eres el único que quisiera salir de la rutina y tomarse unas merecidas vacaciones.

El 76% de los profesionistas en México desearían tener al menos 10 días de vacaciones al año, de acuerdo con una encuesta realizada por OCCMundial en 2014.

Y es que los trabajadores en nuestro país se encuentran entre los que menos descanso disfrutan. En Brasil, por ejemplo, los empleados tienen derecho a 30 días libres. En Colombia, Chile, Venezuela y Guatemala las respectivas leyes establecen 15.

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Si bien el tiempo de descanso que tenemos es poco, vale la pena saber qué nos corresponde de acuerdo a la ley y cómo aprovechar mejor nuestros días libres.

¿A cuántos días tengo derecho?

La Ley Federal del Trabajo indica que los empleados con un año de antigüedad pueden gozar de 6 días de vacaciones pagadas. Posteriormente, se aumentan dos días por cada año laborado hasta llegar a 12. A partir de ahí se suman 2 días cada 5 años.

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Por disposición oficial los empleados tienen derecho a gozar de los siguientes días de descanso obligatorios adicionales a su periodo vacacional:

1° de enero
Primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero
Tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo
1° de mayo
16 de septiembre
Tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre
1° de diciembre de cada seis años –transmisión del Poder Ejecutivo Federal-
25 de diciembre

Con periodos vacacionales tan modestos en comparación con otros países, cuando una empresa ofrece más días de descanso, se considera una prestación superior a la ley, y sin duda es muy valorada por los empleados.

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¿Y la Prima Vacacional?

Se trata de una prestación de ley obligatoria que contempla como mínimo el 25% de los salarios correspondientes al periodo de vacaciones del trabajador. Algunas empresas suman a sus prestaciones un mayor porcentaje de Prima Vacacional.

Es decir, si un trabajador tiene derecho a seis días de vacaciones, la empresa le pagará el salario íntegro por esos días y además un 25% adicional por concepto de Prima Vacacional. Esta prestación genera retención de impuestos (ISR), sin embargo, la ley establece un monto exento de 15 días de salario mínimo vigente.

Un ejemplo:

Ana tiene un salario mensual de $8,000 y cumplió tres años de antigüedad en su trabajo. Le corresponden 10 días de vacaciones. Para calcular su Prima primero obtenemos su salario diario:

$8,000 ÷ 30 = 266.6 (salario diario)

Después calculamos el monto que representan sus 10 días de vacaciones:

266.6 x 10 = $2666

Ahora aplicamos obtenemos el 25% de ley correspondiente a la prima vacacional:

2,666 x .25 = $666.50 por concepto de Prima Vacacional para Ana

Ahora hablemos de los impuestos. El artículo 109 de la Ley de Impuesto Sobre la Renta (LISR) establece un monto exento del pago de ISR de 15 días de salario mínimo vigente:

15 días x 70.10 (salario mínimo zona A) = $1051.50

En el caso de Ana, el monto de su Prima Vacacional es inferior al monto exento, por lo tanto no tendrá que pagar ISR por este concepto.

¿Pueden darme dinero a cambio de mis vacaciones?

No, el artículo 79 de la LFT establece “Las vacaciones no podrán compensarse con una remuneración”. Solo en caso de que termine la relación laboral y no hayas disfrutado de tus vacaciones, éstas deberán ser pagadas en efectivo.

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