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¿Tus contratos financieros tienen cláusulas abusivas?

04-04-2014, 2:28:04 PM Por:
¿Tus contratos financieros tienen cláusulas abusivas? fifu

Si vas a contratar un servicio financiero, lee la letra chiquita. Conoce algunas de las cláusulas ilegales o abusivas a las que te puedes enfrentar.

¿Te ha pasado que cuando quieres abrir una cuenta bancaria o solicitar un crédito, y ves el contrato impreso con una letra muy chiquita y llena de términos
técnicos, terminas sucumbiendo a obviar todo y simplemente firmas? Y es que al acudir a una institución financiera buscas
satisfacer una necesidad financiera sin reparar
en las
condiciones.

El problema es que, en ocasiones, los contratos contienen
algunas cláusulas ilegales o abusivas que
pueden costarte mucho dinero, e incluso pueden poner en riesgo tu patrimonio.

Cláusulas ilegales

El Banco de México
lleva un registro de las comisiones que cobran los bancos, sofoles y sofomes reguladas. Esto ha permitido establecer
algunos principios que los cobros de
comisiones
deben cumplir:

Deben ser claras y
transparentes

Deben aplicarse únicamente a servicios efectivamente prestados y a operaciones realizadas por
los clientes

No deben obstaculizar la
competencia y la
movilidad de los usuarios.

En contraparte, el Banxico ha identificado una serie de prácticas inapropiadas, por lo que ha
emitido una regulación para restringirlas. Entre las comisiones que no deben
cobrarse están las siguientes:

• En cuentas de
depósito
a la vista, como las de cheques y las de nómina, no podrán
cobrarse en el mismo periodo, comisiones por manejo de cuenta y por saldos
inferiores al mínimo

• En ningún caso podrán cobrarse comisiones a un cliente por haber depositado en su cuenta cheques
que sean devueltos por cualquier causa.

• Cuando la banca establezca como condición para otorgar un
crédito que el cliente abra una cuenta
de depósito
, para realizar los pagos
del crédito
, no podrá cobrar comisiones en la mencionada cuenta por los
conceptos siguientes: i) apertura;
ii) manejo, y iii) por no mantener
un saldo mínimo.

• No podrán cobrarse comisiones por exceder o intentar
exceder el saldo de su tarjeta de débito.
Cabe mencionar que la ley establece una disposición similar para tarjetas de
crédito.

• No podrán cobrarse comisiones por la cancelación de cuentas de depósito.

• No podrán cobrarse comisiones por la cancelación de tarjetas de crédito ni de débito.

• No podrán cobrarse comisiones por la cancelación de la domiciliación del pago de bienes y servicios.

• Tampoco se cobrarán comisiones por la cancelación del
servicio de banca por Internet.

• Tratándose de órdenes de transferencia de fondos, las
instituciones no podrán cobrar comisiones diferenciadas en función del monto de
las transferencias que les soliciten sus clientes.

Cláusulas abusivas

De acuerdo con Diana
Ferrer y Tovar
, directora general de evaluación y vigilancia de la Condusef, “no se puede definir que una práctica
es abusiva por sí sola. Hay cuestiones que para un producto son parte de su
naturaleza y en otros se consideran abusivas. Por ejemplo, pedir una garantía
hipotecaria para la adquisición de un bien inmueble es una condición normal;
pero si piden esa misma garantía para un crédito
personal
, pues habría una desproporción en las garantías solicitadas”. Partiendo de la base de que la cláusula es
abusiva dependiendo del tipo de producto, se pueden definir tres principios
para considerarla como tal:

Que se restrinja o se
limite un derecho a un usuario. Por ejemplo, que en el contrato diga: “El
usuario no debe presentar una queja ante  Condusef de hacerlo quedará
rescindido su contrato”

Que exija garantías
desproporcionadas

Que la carga de
responsabilidad de un documento
o de una operación vaya hacia el usuario

Si se detecta que en un contrato existe alguna cláusula
abusiva, la Condusef emite una recomendación a la entidad financiera
involucrada para que la modifique. Sin embargo, antes de que concluya el primer
semestre de este año estarán listas las disposiciones para determinar las
cláusulas abusivas, con lo cual la dependencia tendrá facultades de una declaratoria y así ordenar que se haga el cambio
en el contrato.

“Una vez que la Condusef haya declarado que una cláusula es
abusiva
, el usuario que ya tenía un contrato anterior a esta declaratoria puede
acudir con su institución financiera y pedir que se haga el cambio, ya que si
bien la declaratoria en sí no tiene efectos retroactivos, sí tiene beneficios a
petición del usuario”, señala Diana Ferrer y Tovar.

A pesar de que esta entidad gubernamental no ha recibido
ninguna reclamación por parte de los usuarios, dentro de sus atribuciones de
supervisión y vigilancia se ha dedicado a revisar los contratos de bancos, sofomes y entidades de ahorro y
crédito popular
, y ha detectado cláusulas que considera abusivas. Las
cuales puedes consultar en su página
web
.

No más ventas atadas

Algo muy común al momento de contratar un servicio
financiero es la venta atada. Por ejemplo, cuando una persona adquiere un crédito y el banco le exige abrir una
cuenta referenciada
en la misma entidad financiera, lo que implica cobros
por manejo de cuenta o banca en línea. Sin embargo, el usuario tiene todo el
derecho de hacer los pagos de su crédito desde su propia cuenta bancaria.

Otro ejemplo es la contratación de un seguro de casa habitación obligatorio durante la vida del crédito hipotecario. Si bien es
correcta la protección que debe tener el inmueble, el usuario debe tener la
libertad para contratar el seguro en las condiciones que le resulten más
atractivas, incluso si desea hacerlo con otra compañía y no únicamente con la
entidad que le otorga el préstamo.

A partir del 10 de
abril entra en vigor
la disposición que prohíbe las ventas atadas, de tal forma que a partir de esta fecha
podrás presentar este tipo de reclamaciones ante la Condusef.

Asesórate

La próxima vez que necesites contratar un servicio
financiero, puedes pedir que te proporcionen el contrato para leerlo con calma
en tu casa e incluso puedes acudir con él a la Condusef para que te asesoren y
te expliquen cada una de las condiciones que estás a punto de aceptar (… o no).

La Condusef tiene un Registro de Contratos
de Adhesión
(RECA), en donde puedes consultar los contratos de la banca, las sofomes
(reguladas y no reguladas), y las entidades de ahorro y crédito popular. De esta manera, ni siquiera tienes que ir
a la institución financiera para solicitar el contrato.

autor Equipo de jóvenes periodistas cuyo objetivo es explicar las noticias más relevantes de negocios, economía y finanzas. Nos apasiona contar historias y creemos en el periodismo ciudadano y de servicio.
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