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GDF publica nuevas reglas para los verificentros

19-10-2012, 11:35:04 AM Por:
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A partir de mañana no se permitirá que una persona verifique más de un automóvil el mismo día en el mismo establecimiento, ni autoriza la presencia de preverificadores.

A partir de mañana no se permitirá que una misma persona acuda a verificar más de un auto al día en el mismo Centro de Verificación, así como la presencia de preverificadores y mecánicos que llevan diferentes vehículos a este trámite.

Así lo dio a conocer el Gobierno del Distrito Federal (GDF) al anunciar hoy la publicación en la Gaceta Oficial capitalina del Reglamento de la Ley Ambiental del Distrito Federal en materia de Verificación Vehicular, el cual contempla obligaciones y responsabilidades de los Verificentros, las empresas comercializadoras y de mantenimiento de equipos de verificación vehicular y de las autorizadas para la operación del programa de sustitución de convertidores catalíticos, así como de los propietarios de automotores matriculados en el DF y los que circulan en vialidades de esta entidad.

De esta forma, desde mañana los responsables de los Centros de Verificación están obligados a llevar un registro de las personas que presenten vehículos a verificar para evitar que realicen el trámite con más de un automotor al día en el mismo sitio, además deberán impedir la permanencia dentro de sus instalaciones a los individuos que no estén acreditados por la Secretaría de Medio Ambiente, entre otro puntos.

Por otro lado, el reglamento también indica que el monto de la multa por acudir a verificar fuera del periodo bimestral autorizado se duplicará en caso de que el propietario del vehículo deje vencer el plazo de la sanción.

Es decir, quien no haya aprobado la verificación en el periodo que le corresponde, deberá pagar una multa extemporánea, con la que dispondrá de 30 días naturales a partir del pago de la multa para verificar su vehículo.

En caso de no aprobar la verificación dentro de dicho plazo se duplicará el monto de la multa por verificación vehicular extemporánea y se contará con un nuevo plazo de 30 días naturales una vez realizado dicho pago. Si no aprueba nuevamente la verificación en este plazo señalado, se duplicará el monto de la segunda multa indicada.

Durante esos 30 días otorgados como prórroga, el vehículo podrá circular únicamente para ser conducido a un taller mecánico, por lo que si es detectando circulando a un lugar distinto, se impondrá una multa por el doble del monto previsto por verificación vehicular extemporánea.

El código también establece que todos los empleados de un verificentro deberán obtener una autorización de la dependencia de Medio Ambiente para laborar en el establecimiento, disposición que entrará en vigor en octubre de 2013; y define criterios para operar verificentros, como que el establecimiento tenga como mínimo necesario 500 metros cuadrados de superficie para operar.

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autor Equipo de jóvenes periodistas cuyo objetivo es explicar las noticias más relevantes de negocios, economía y finanzas. Nos apasiona contar historias y creemos en el periodismo ciudadano y de servicio.
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