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La CNBV inspeccionará centros cambiarios

04-08-2011, 8:28:38 AM Por:
La CNBV inspeccionará centros cambiarios fifu

La SHCP publicó un decreto en el que se estipula cuáles actividades conforman las actividades auxiliares de crédito y cómo deben organizarse las sociedades anónimas para establecerlas.

4 de Agosto de 2011

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) informó
que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (.CNBV) inspeccionará casas de
cambio
y las organizaciones auxiliares de crédito, y que estas empresas deberán
permitir las .visitas de representante de la comisión.

La SHCP difundió en el Diario Oficial de la Federación el
decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley
General de Organizaciones y Actividades Auxiliares de .Crédito.

La dependencia aseguró actividades como la compra venta habitual y
profesional de divisas, el arrendamiento y factoraje financiero, y la
transmisión de fondos y la realización habitual y profesional de operaciones de
crédito se consideran actividades auxiliares de crédito.

Este decreto postula que las sociedades anónimas deben
organizarse como lo dispone la Ley de Sociedades Mercantiles y registrarse ante
la CNBV para poder operar como centro cambiario.

Dentro de 200 días naturales, el Servicio de Administración
Tributaria (SAT) deberá iniciar la remisión a la CNBV de los expedientes,
padrones y bases de datos que contengan registros de este tipo de negocios.

La CNBV y el SAT determinarán el medio y los sistemas más
apropiados para la transmisión segura de esta información.

Con información de El Universal

autor Equipo de jóvenes periodistas cuyo objetivo es explicar las noticias más relevantes de negocios, economía y finanzas. Nos apasiona contar historias y creemos en el periodismo ciudadano y de servicio.
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